Fernando de Rosa Torner, vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), participó el 9 de noviembre en la I Jornada de Mediación UNIR en la que habló de la nueva Ley de Mediación.
¿Qué supone esta nueva Ley de mediación?
La mediación es un mecanismo que puede ayudar a la resolución de conflictos en los que la combinación de intereses privados permite que pueda efectuarse una actuación totalmente ajena a la propia jurisdicción. Creo que, efectivamente, es un mecanismo que tiene cabida perfecta en los ámbitos civiles y mercantiles.
¿Se trata de una especie de autorregulación del ciudadano?
La mediación colabora con la Administración de Justicia en aquellos supuestos en los que los ciudadanos pueden autorregularse. Creo que fruto de una sociedad democrática y madura, está que los propios ciudadanos, junto a profesionales, puedan resolver sus propios problemas.
Uno de los objetivos es disminuir los casos que llegan a los tribunales.
Sí. Es una alternativa al procedimiento ya que los tribunales de justicia, como marca la propia Constitución, han de ser el último recurso de los ciudadanos. Es decir que los ciudadanos pueden resolver sus cuestiones ellos mismos contando con un tercero imparcial y objetivo; un profesional que pueda colaborar a adoptar una solución. Así se evitarán los tribunales y se acudirá a ellos solo cuando ya no haya otra posibilidad.
La figura del mediador ya existe. ¿Cuál es la diferencia con los nuevos mediadores?
Sobre todo estaba circunscrito al ámbito del Derecho de familia, y ahora se extenderá a cuestiones mercantiles, al ámbito de la empresa, al ámbito de la economía… La mediación es una figura que ha existido pero que hay que potenciarla para que se produzca su utilización de forma frecuente. En países del entorno de España la mediación está mucho más difundida y supone una gran colaboración. Así por ejemplo, en Francia entran en los juzgados seis millones de asuntos mientras que en España son 9,5 millones cada año.
¿Qué formación requieren los nuevos mediadores?
Deben ser profesionales universitarios a los que se les dan habilidades para poder realizar esa actuación con garantía, y que puedan empatizar con los propios ciudadanos. Han de ser profesiones pertenecientes al ámbito jurídico, al ámbito social, al de la psicología… No sólo del ámbito de los abogados.
¿No necesitan conocimientos concretos sobre Derecho?
La propia ley estable que el mediador debe tener certificado universitario, pero también necesitará cursos específicos de mediación, por lo que lo importante no es la titulación sino los cursos de postgrado y su especialización.
¿En qué países está más extendida la labor de mediación?
En Francia, en Italia y Alemania, en Sudamérica en Argentina o Brasil. Con esta ley España ya entra en el cauce de los países de la UE donde es una figura esencial en el ámbito de la justicia.