Para poder matricularte en UNIR debes de cumplir los mismos requisitos de acceso establecidos para cualquier universidad española (fijados a nivel nacional por el Estado y vienen recogidos en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio): Selectividad / FP Superior (CFGS) / Prueba acceso mayores 25, 40 o 45 años.
A continuación te mostramos un resumen de las diferentes vías de acceso a UNIR.
1. Acceso con Prueba de Acceso a la Universidad (PAU o Selectividad)
Desde el curso 2010/2011 para acceder a UNIR es suficiente con tener superada la fase general de la prueba de acceso o la antigua Selectividad.
2. Acceso con Estudios de Formación Profesional (CFGS o equivalentes)
Los estudiantes provenientes de Formación Profesional (Formación Profesional de 2º grado, Módulos Profesionales de Nivel III o Ciclos Formativos de Grado Superior) pueden acceder a cualquier Grado de la Universidad. En caso de concurrencia sí se tendrá en cuenta la rama de conocimiento preferente para el acceso.
- Formación Profesional de 2º Grado (FP II).
- Módulos Profesionales de Nivel III.
- Ciclos Formativos de Grado Superior.
3. Acceso con Estudios declarados equivalentes a los de Formación Profesional
Títulos de Técnico Superior de la Formación Profesional y equivalentes (Técnicos Especialistas de promociones anteriores a la LOGSE. Anexo III del Real Decreto 777/98).Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y sus equivalentes (Graduados en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos según el Real Decreto 440/1994 de 21 de marzo). Perito en Cerámica Artística y Perito en
Técnica Cerámica, expedidos al amparo del Decreto de 18 de febrero de 1949, y el título de Graduado en Cerámica, conforme a la Orden de 10 de julio de 1984. Graduado en Artes Aplicadas correspondiente a los estudios regulados por el Decreto 2127/1963, de 24 de julio, o a los planes experimentales desarrollados al amparo de los Reales Decretos 799/1984, de 18 de marzo, y 942/1986, de 9 de mayo.
El Título de Perito Mercantil homologado a Técnico Especialista de la Formación Profesional por el Real Decreto 265/1979 de 26 de enero.
Los Maestros Industriales homologados a Técnico Especialista por Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1975.
Los Mandos Intermedios homologados a Técnico Especialista por el Real Decreto 1690/1980 de 18 de julio y Orden de 1 de julio de 1982 que lo desarrolla. Certificado Oficial de Mandos Intermedios de 2º Nivel; Certificado de los estudios complementarios exigidos para la homologación con FP2, o en su lugar, Resolución de Equivalencia a Título de Formación Profesional de 2.º Grado expedida por el MEC.
Los que ostenten los empleos militares de Cabo, Cabo Primero y Cabo Mayor de la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, siempre que se acredite estar en posesión del título de Bachiller o equivalente a efectos académicos (Orden EDU/1970/2010, de 14 de julio).
4. Acceso con antiguos estudios de Bachillerato (Planes Anteriores a la Ley 30/1974)
- Haber superado el COU con anterioridad al curso académico 1974/75.
- Haber aprobado el Examen de Estado (planes de estudio 1934/1938).
- Haber aprobado las pruebas de madurez del curso Preuniversitario.
- Haber cursado el Bachillerato según los planes de estudio de 1903, 1917 o 1931, y superar un examen de ingreso en el centro respectivo.
- Haber cursado COU y estar iniciando estudios universitarios.
- Si eres extranjero deberás tener el Bachillerato homologado por el Ministerio de Educación Español.
5. Acceso general desde Títulos Universitarios
- Estar en posesión de un título superior de cualquier facultad o escuela técnica superior o equivalente (Licenciado, Arquitecto o Ingeniero).
- Estar en posesión de un título de diplomado de escuelas universitarias, o equivalente (Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Maestro).
6. Acceso desde títulos académicos o profesionales específicos (equivalentes a Diplomado)
- Estar en posesión de un título de escuelas técnicas de grado medio (ley 2/1964, de 29 de abril, BOE de 1 de mayo; ley 188/1964, de 16 de diciembre, BOE de 18 de diciembre). Homologación (orden de 21 de septiembre de 1979, BOE de 1 de octubre).
- Estar en posesión de un título de Profesor Mercantil (ley 2/1964, de 29 de abril, BOE de 1 de mayo; ley 188/1964, de 16 de diciembre, BOE de 18 de diciembre).
- Estar en posesión de un título de Maestro de Primera Enseñanza.
- Estar en posesión de un título de Graduado Social del Ministerio de Trabajo, con Bachillerato superior o equivalente.
- Estar en posesión de un título de Asistente Social, con Bachillerato superior o equivalente.
- Tener aprobados los estudios íntegros de Humanidades de Filosofía y cuatro cursos de Teología, cursados en centros erigidos canónicamente para la formación de sacerdotes (Decreto 2.695/1961, de 21 de diciembre, BOE de 5 de enero de 1962. Decreto 2.010/1966, de 23 de julio, BOE de 12 de agosto. Real Decreto 3/1995, de 13 de enero, BOE de 4 de febrero).
- Título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales a que se refiere el artículo 49.1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Títulos de Restaurador y de Graduado en Artes Aplicadas a la Conservación y Restauración de Obras y Objetos de Arte y Arqueología, expedidos al amparo de las Ordenes de 15 de marzo de 1969, 9 de abril de 1970, 20 de octubre de 1971 y 13 de marzo de 1978. Título de Restaurador y Conservador de Bienes Culturales, establecido por la Orden de 21 de enero de 1987. Título de Restaurador de Bienes Culturales establecido en la Orden de 14 de marzo de 1989.
7. Acceso especial desde determinadas profesiones (equivalentes a Diplomado)
- Ser Secretario de Administración Local de segunda categoría, con Bachiller superior o equivalente.
- Técnicos de empresas y actividades turísticas que hayan cursado estudios de acuerdo con el RD 865/1980 de 14 de abril, considerados como diplomados universitario.
- Oficiales de los tres ejércitos, de acuerdo con el Real decreto 434/2002, de 10 de mayo, que hayan realizado los estudios en la Academia General Militar. (En desarrollo de la Ley 17/1999).
- Oficiales de la marina mercante que hayan realizado estudios de acuerdo con el Real decreto 355/1979 de 28 de febrero, considerados como titulados universitarios.
- Pilotos de transportes de líneas aéreas, de acuerdo con la Orden de 9 de mayo de 1995.
- Titulados en ciencias eclesiásticas de nivel universitario, según acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede.
- Titulados superiores de enseñanzas artísticas (diseño, conservación y restauración de bienes culturales, arte dramático, música, danza, y vidrio y cerámica).
- Poseedores del título de profesor o del título profesional de música según el Decreto de 15 de junio de 1942, o bien de los diplomas de capacidad correspondientes a planes de estudios anteriores.
- Poseedores del título de profesor superior de música según el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre.
8. Acceso especial desde determinadas profesiones (equivalentes a Bachiller + PAU)
- Título de obtención del primer empleo en la Escala de Suboficiales (homologado al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional) conforme a la Ley 17/1999 de las Fuerzas Armadas.
- Credencial de homologación al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional, expedida por el Ministerio de Educación a los pertenecientes a la Escala Básica, conforme a la Ley 17/1989 de las Fuerzas Armadas.
- Título de obtención del primer empleo en la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, homologado al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional) conforme a la Ley 42/1999, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
- La obtención del nombramiento de Oficial de Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía por parte de los policías seleccionados que estén en posesión del título de Bachiller o equivalente, por el procedimiento de promoción interna (establecido en los artículos 13 y siguientes del Real Decreto 614/1995) según se indica en la ORDEN ECI/1995/2007.
- Oficial de Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, que esté en posesión del título de Bachiller o equivalente; quienes hayan cursado o cursen los correspondientes estudios que facultan para su incorporación a la categoría primera (superior) de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía. (Orden ECI/1995/2007).
9. Acceso Mayores de 25 años
- Haber superado las pruebas de mayores de 25 años para el estudio respectivo. UNIR admite a todos los estudiantes con el único requisito de haber superado las pruebas, independientemente de la opción para la que superó las pruebas y de la universidad en la que las haya superado.
10. Acceso Mayores de 40 años con experiencia laboral
- El acceso a la universidad para mayores de 40 por acreditación de experiencia laboral y profesional requiere: cumplir o tener cumplidos los 40 años de edad antes del día 1 de octubre del año de comienzo del curso académico. No poseer ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías de acceso.
- Acreditar una experiencia laboral y profesional específica relacionada con las enseñanzas de Grado que se desean cursar.
- La superación de una prueba qué se establecerá por UNIR, que incluirá, en todo caso, la realización de una entrevista personal.
- Esta prueba sirve para acceder a la universidad y cursar estudios en la universidad donde te realizan la entrevista.
11. Acceso Mayores de 45 años
- Condición necesaria es no disponer de ninguna otra vía de acceso ni poder acreditar experiencia laboral y profesional y haber superado las pruebas de mayores de 45 años para el estudio respectivo en UNIR. Esta prueba SÓLO es válida en la Universidad en que se realiza la prueba.
12. Acceso desde sistemas educativos de la Unión Europea y China (Estudios de Secundaria)
- Los alumnos que hayan cursado la Enseñanza Secundaria en sistemas educativos de la Unión Europea tendrán acceso directo (sin prueba de selectividad) a estudios de Grado oficiales en UNIR una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos de admisión a estudios universitarios necesarios en sus países de origen. Para acreditar tales requisitos deberán solicitar una credencial de acceso (el plazo está siempre abierto). Esta credencial se expide por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Deberán aportar la siguiente documentación acreditativa (podrán compulsar los documentos en la sede central de la UNED en Madrid, en los Centros Asociados de la UNED (ver mapa) o en las áreas de educación de embajadas y consulados españoles en el exterior).
- En la tabla siguiente puedes ver la relación de Estados y títulos que te darán acceso directo a UNIR (tabla de títulos que dan acceso y equivalencia de calificaciones).
- Esta normativa también es aplicable a los alumnos procedentes del sistema educativo chino, mediante el acuerdo sobre reconocimiento de títulos firmado por los gobiernos español y chino el 21 de octubre de 2007.
13. Acceso por reconocimiento de un mínimo de 30 créditos de estudios extranjeros
- Si has iniciado ya estudios universitarios en el extranjero, puedes solicitar acceso directo a un Grado de UNIR condicionado al reconocimiento de un mínimo de 30 créditos ECTS. Consulta nuestra FAQ de reconocimientos y convalidaciones para saber más.
14. Acceso por reconocimiento de un mínimo de 30 créditos de estudios españoles
- Si has iniciado ya estudios universitarios en España, porque tenías condiciones para estudiar una Diplomatura (pero no para estudiar un Grado) puedes solicitar acceso en UNIR a un grado, condicionado al reconocimiento de un mínimo de 30 créditos ECTS. Consulta nuestra FAQ de reconocimientos y convalidaciones para saber más.