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El trabajador social se ocupa de gestionar las ayudas a las que pueden optar las personas en situación de dependencia para poder acceder a las prestaciones y servicios adecuados en función de su situación física y cognitiva.
La tasa de dependencia de la población mayor de 64 años se sitúa en el 30,96 % (datos de 2022), con comunidades que superan el 40 % como es el caso de Asturias (43,82 %) o Galicia (42,28 %). Esta realidad pone de manifiesto la importancia de contar con los profesionales adecuados para atender las necesidades del colectivo de las personas con dependencia. Los trabajadores sociales que trabajan en el área de dependencia se encargan de gestionar el reconocimiento del grado de dependencia, evaluar a los usuarios y hacer un seguimiento.
Esto está íntimamente relacionado con el hecho de que la población española sufre un avanzado envejecimiento: la cuota de mayores de 80 años casi se duplicó entre 2001 y 2020, pasando del 3,4 por ciento del total de la población al 6 %, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta mayor esperanza de vida se traduce, en algunos casos, en un mayor porcentaje de personas dependientes.
Las personas que quieran trabajar en el ámbito de dependencia deben cursar previamente el Grado en Trabajo Social, o bien adaptar su diplomatura al grado con el Curso Puente al Grado en Trabajo Social, si lo desean. Además, para trabajar en el ámbito público deberán aprobar las oposiciones de acceso a la administración.
Funciones del trabajador social en dependencia
La gestión del reconocimiento del grado de dependencia se hace exclusivamente por parte de los trabajadores sociales de los centros de servicios sociales comunitarios. En estos centros, parte del personal se dedica a tiempo completo a tramitar esta prestación debido a la alta demanda, ya que cada vez son más las personas mayores que necesitan atención y cuidados.
El profesional del ámbito de dependencia realiza las siguientes funciones:
- Presentación de la solicitud de ayuda a la dependencia, así como gestión de los distintos recursos que existen dentro de la ley: teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día o de noche, o residencias.
- Valoración para la concesión del grado de dependencia evaluando las actividades básicas de la vida diaria que puede o no realizar el demandante.
- Elaboración del Programa Individualizado de Atención (PIA) para la determinación de los recursos que mejor puedan atender las necesidades de los usuarios.
- Seguimiento de los usuarios para en el caso de que fuera necesario modificar el grado concedido y así las prestaciones. Por ejemplo, acceso a residencia si la persona ya no puede estar sola o aumento del número de horas concedidas en ayuda a domicilio para tareas del hogar o cuidado personal.
- Realización del informe social para emitir a otros ámbitos que pudiesen ser de ayuda para los usuarios o informes de seguimiento para registrar la evolución de estos.
Oportunidades laborales del trabajador social en dependencia
En el ámbito público, los trabajadores sociales desempeñan sus funciones en dependencia gestionando el reconocimiento del grado desde los servicios sociales comunitarios, que dependen de las comunidades autónomas. También pueden hacer su labor desde los centros de valoración de discapacidad.
En el ámbito privado, los trabajadores sociales ocupan puestos en las empresas externas que suelen gestionar los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio y residencias. En ellas, sus funciones serán las de garantizar el servicio al usuario y hacer un seguimiento de su estado para atender a sus necesidades si estas cambian por el deterioro de su estado de salud o envejecimiento
Uno de los aspectos claves a tener en cuenta por parte de los trabajadores sociales es que la situación de dependencia no siempre implica la falta de autonomía, por lo que deben escuchar y tener en cuenta las decisiones de los propios usuarios frente a la de los familiares.
Puntos clave de la ley de dependencia
La ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia se puso en marcha con el fin de prestar una atención adecuada a las personas en situación de dependencia, promocionando siempre su autonomía personal.
En su artículo 2 se define a la dependencia como el “estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria”.
Dicha ley pretende garantizar el acceso a los diferentes recursos para los mayores de 65 años y personas con diversidad funcional, así como sus familiares, ya que en el catálogo de servicios se contempla una retribución económica por las tareas de cuidados.
El artículo 15 recoge los servicios que se ofrecen por parte de las administraciones para garantizar la atención y el cuidado de las personas dependientes, como por ejemplo:
- Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal
- Servicio de teleasistencia
- Servicio de ayuda a domicilio
- Servicio de centro de día y de noche
- Servicio de residencia
Por otro lado, en los artículos 17, 18 y 19 se fijan las prestaciones económicas. En el primero de ellos se establece la concesión de una prestación económica, de carácter periódico, en aquellos casos en los que la persona dependiente no pueda acceder a ningún servicio público o concertado, en función del grado reconocido y su capacidad económica.
El artículo 18 contempla la prestación económica para cuidadores en el entorno familiar. Esta se concederá cuando el demandante sea atendido por sus familiares, las condiciones de habitabilidad lo permitan y así se haya establecido en el Programa Individualizado de Atención.
Por último, en el artículo 19 se dispone la prestación económica de asistencia personal con la finalidad de promover la autonomía de los usuarios. Para ello, se contratará a un asistente personal que facilite su autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.