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El abogado y el mediador en el proceso de mediación

La mediación busca la resolución de conflictos para evitar la vía judicial. En estos procesos los abogados pueden prestar asesoramiento jurídico a las partes y analizar el acuerdo antes de su firma.

Abogado durante una negociación.

La mediación es un método de resolución de conflictos que busca un acuerdo entre las partes para evitar la vía judicial, además de un ahorro de tiempo y dinero. En ella juega un papel fundamental la figura del mediador pero también la de los abogados, los cuales pueden intervenir en el proceso para prestar asesoramiento.

A diferencia de otros países como Estados Unidos, la mediación es un sistema con una implantación reciente en España. Aunque había una directiva europea de 2008, no fue hasta 2012 cuando se aprobó la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles. A ello hay que sumarle las leyes de carácter autonómico relacionadas con la mediación familiar.

Según explica el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la mediación es un “procedimiento voluntario, ágil y flexible, en el que a través de la asistencia de un tercero neutral —el mediador— se intenta que sean los propios interesados quienes alcancen la solución de su conflicto”. Entre las características y ventajas de la mediación destacan:

  • Es un proceso voluntario en el que deben estar de acuerdo las dos partes y pueden retirarse cuando lo consideren oportuno.
  • Los procedimientos no son rígidos para poder adaptarse a las necesidades y a la casuística de cada caso.
  • Los asuntos tratados serán confidenciales y se ceñirán al proceso de mediación.
  • Los tribunales no pueden citar a los mediadores como testigos.
  • Aporta soluciones más rápidas y ajustadas a las singularidades de cada parte.
  • Supone un menor gasto económico.
  • Disminuye la tensión y carga emocional que suele llevar implícita un proceso judicial, lo que contribuye a mejorar la relación entre los implicados, mayor satisfacción y más cumplimiento de lo acordado.

abogado-mediador

Funciones del mediador en este proceso

La mediación se puede utilizar en procedimientos penales, familiares, civiles, laborales, mercantiles y en materia contencioso-administrativa. La principal misión del mediador, como su denominación indica, es mediar y gestionar un procedimiento entre dos partes, así como ayudar a encontrar un acuerdo que satisfaga a todos los implicados. Entre sus funciones, señalar:

  • Escuchar a las partes implicadas en el conflicto.
  • Analizar el origen del conflicto siendo lo más objetivo posible.
  • Facilitar la negociación y el diálogo entre los implicados.
  • Entrevistarse con testigos que puedan aportar al proceso.
  • Elaborar el documento de acuerdo que deberá ser firmado por las dos partes.

El papel de los abogados en la mediación

¿Es necesario que en un proceso de mediación intervenga un abogado? La respuesta es no, aunque en la práctica sí suele hacerlo para asesorar a los clientes, estudiar las posibles vías de resolución y, en caso de acuerdo, analizar el documento antes de su firma.

Este cuenta con la misma validez que una sentencia, por lo que si hubiese incumplimiento se puede optar por la vía judicial —para la que se necesita un letrado— para reclamar. De este modo, mediador y abogado se complementan en este tipo de procedimiento.

De todas maneras, hay que tener en cuenta que no siempre se logra un pacto, por lo que el abogado continuaría en el procedimiento judicial y el mediador no.

abogado-mediador

Formación para ser mediador

La Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles establece en su artículo 11 que “el mediador deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior y contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas”.

Entre los perfiles habituales de los mediadores, encontramos profesionales que han cursado el Grado en Trabajo Social, el Grado en Derecho, el Grado en Psicología, el Grado en Educación Social o el Grado en Pedagogía, aunque para ejercer esta función no se exige una titulación universitaria concreta ni ciclo superior de FP. Eso sí, es imprescindible que en todos los casos el futuro mediador cuente con formación específica como la que aporta el Máster en Mediación de UNIR.

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