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Acciones posesorias: qué son y cómo te ayudan a recuperar lo que es tuyo

El mecanismo legal conocido como acción posesoria garantiza al dueño legítimo de un bien la tenencia del mismo. En UNIR, te explicamos cómo funciona y cómo se regula en el derecho español.

Una acción posesoria es un procedimiento sumario que se plantea con el objetivo de retener o recobrar la legítima posesión sobre un bien. Su finalidad es proteger la posesión de un bien o derecho, amparando al poseedor contra cualquier acto que perturbe esa posesión, pero sin determinar o declarar derecho alguno sobre lo poseído. Es decir, para lograr la protección de la acción posesoria basta que el actor o persona que la interponga muestre una apariencia razonable de titularidad.

Las acciones posesorias en el Código Civil

El Código Civil define la posesión natural como la tenencia de una cosa o el disfrute de un derecho del que dispone una persona. La posesión civil implica, además de esa tenencia o disfrute, la intención de la persona de que la cosa o derecho sean suyos.

La posesión sobre una cosa o derecho la puede ejercer una persona u otra en su nombre, por lo que la posesión se puede tener en concepto de dueño o de tenedor. En este segundo caso, si bien se disfruta de la cosa o derecho, el dominio corresponde a otra persona (a su dueño). Un ejemplo sencillo: Juan tiene un libro de matemáticas. Es su dueño y ostenta la posesión. Si su hermano Carlos coge el libro, Juan sigue siendo el dueño, pero el disfrute de la cosa lo tiene Carlos en calidad de tenedor.

Acciones posesorias

La acción posesoria se sustenta en el principio de protección de la posesión, recogido en el Código Civil y que indica que “todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen” (artículo 466, CC).

Esos mecanismos legales a los que se refiere el Código Civil son los interdictos de retener o de recobrar, según el conflicto que haya surgido y si esa perturbación ha logrado privar o no de la posesión al titular. Los interdictos estaban recogidos ya en los cuerpos jurídicos del derecho romano, y su objetivo es, por tanto, resolver los problemas que pueden surgir ante la posesión de un bien o el disfrute de un derecho.

Actualmente, los interdictos se regulan como acciones posesorias en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Según esta norma, independientemente de la cuantía, una demanda que pretenda la tutela de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho de algo de lo que haya sido despojado se resolverá en juicio verbal.

Esta afirmación jurídica deja claro que el poseedor ha de recurrir al juez, no buscar el restablecimiento de la posesión por sus propios medios y, mucho menos, la violencia. Aun así, es algo específicamente recogido en el Código Civil: “En ningún caso puede adquirirse violentamente la posesión mientras exista un poseedor que se oponga a ello”. Si una persona cree que tiene derecho para privar a otra de la tenencia de una cosa, y el tenedor se resista entregarla, debe solicitar “auxilio de la autoridad competente”.

Acciones posesorias

El titular de la posesión de un bien tiene un plazo de un año a partir del despojo para acudir a los Tribunales e iniciar el procedimiento para que se le devuelva la posesión del bien o cese la perturbación que le impide disfrutarlo. Estos preceptos legales son, en la práctica, la vía para dar solución a situaciones muy variadas: desde los problemas derivados de la ocupación de viviendas hasta los conflictos surgidos a raíz de las herencias, cuando una persona hereda un bien y la persona que lo tiene en posesión o uso hasta ese momento rechaza su entrega.

¿Quién puede realizar una acción posesoria?

La Ley de Enjuiciamiento Civil otorga protección a todo poseedor, recogiendo en su precepto 230 los términos posesión y tenencia. Por lo tanto, cualquier persona que sea poseedora, a título de dueño o de tenedor, ocupante, usufructuario, arrendatario, retenedor, comodatario o que tenga una posesión natural o civil, puede activar este mecanismo.

En caso de que se produzca una situación de coposesión, en la que varias personas comparten la posesión de un bien o el disfrute de un derecho, cualquiera de ellos estará legitimado para interponer una acción posesoria.

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