UNIR Revista
El agente de la propiedad intelectual debe estar registrado en el Registro Especial de Agentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas para realizar su actividad.
Un agente de la propiedad industrial es un profesional independiente que aconseja, asiste o representa a terceros para la obtención de registros en las diversas modalidades de la Propiedad Industrial. Además, actúa en la defensa de los derechos derivados de los mismos ante cualquier Administración española, comunitaria o internacional competente.
Para ejercer como agente de la propiedad, también conocido como agente de patentes, se debe estar inscrito en el Registro especial de Agentes de la Propiedad Industrial de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), y se debe superar un examen de aptitud.
El artículo 176 de la Ley de Patentes define a los agentes de la propiedad industrial como “las personas legalmente habilitadas que como profesionales liberales ofrecen y prestan habitualmente sus servicios para asesorar, asistir y representar a terceros en la obtención de las diversas modalidades de Propiedad Industrial”. Esos no son los únicos que pueden actuar ante la Oficina de Patentes y Marcas, ya que el interesado (es decir, quien actúa en nombre propio) también puede relacionarse con este organismo. Eso sí, para ello es necesario cumplir dos requisitos:
- Tener capacidad de obrar.
- Residir en un estado miembro de la Unión Europea.
Por ello, estos profesionales son imprescindibles para todo aquel residente fuera de la Unión Europea que necesite registrar una marca o patente en España. Para estas personas sí es imprescindible recurrir al agente de la propiedad industrial, lo que se encuentra regulado en el artículo 175.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
Además, una de las cuestiones más relevantes para recurrir a un agente de la propiedad industrial es que, como expone el artículo 176.5 del citado texto, están obligados a mantener la confidencialidad de los asuntos en los que intervengan y tienen derecho a negarse a divulgar las comunicaciones con clientes o terceros cuando se esté llevando a cabo un procedimiento en cualquier organismo competente.
Este punto resulta tremendamente importante a la hora de la documentación para la valoración de la patentabilidad, el registro de un diseño industrial, una marca o un nombre, así como la preparación de los documentos necesarios, etc.
De todo lo anterior podemos resumir las actividades de un agente de la propiedad intelectual e industrial en cuatro funciones principales:
- Asesorar.
- Asistir.
- Representar a terceros.
- Defensa de casos ante los organismos competentes.
Esto implica que el agente de la propiedad interviene en todas las fases de la relación entre el interesado y la Oficina de Patentes y Marcas, o cualquier otro organismo. Las cuatro funciones mencionadas se realizan en el ámbito de las patentes, el diseño industrial, las marcas o nombres comerciales y, en general, en cualquier otro trámite relacionado con la propiedad industrial.
¿Cómo ser agente de la propiedad en España?
La ley establece unos requisitos que debe cumplir todo aquel que quiera ser agente de la propiedad en España:
- Ser mayor de edad y tener plena capacidad de obrar.
- Tener un establecimiento o despacho profesional en un Estado miembro de la UE.
- No haber sido condenado.
- Tener un título oficial de grado, licenciado, arquitecto o ingeniero.
- Superar un examen de aptitud acreditativo de conocimientos para la actividad profesional.
- Estar dado de alta en el Registro de Agente de la Propiedad Industrial.
El examen necesario para acceder a la profesión busca valorar si se tienen los conocimientos necesarios para su ejercicio, cuyos requisitos se encuentran regulados en el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, que contiene el reglamento para la ejecución de la Ley de Patentes.
Los conocimientos necesarios para este puesto pueden adquirirse a través de posgrados especializados como el Máster en Propiedad Intelectual de UNIR. En él se estudia un enfoque eminentemente práctico sobre todas estas cuestiones (derecho de patentes, derecho marcario, protección del diseño industrial, etc.) que son imprescindibles para ser agente de la propiedad industrial.