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Digitalización de la Justicia: el futuro de la abogacía

El estado de alarma por la crisis del coronavirus ha obligado a la Justicia a reinventarse en el terreno digital y centrar sus esfuerzos en las nuevas tecnologías: con juicios telemáticos, acceso al expediente judicial electrónico o uso de correo electrónico.

La declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria de la COVID-19 ha obligado a la Justicia a adaptarse a las nuevas tecnologías para evitar la avalancha de casos acumulados que se avecinan tras el parón por la cuarentena. Ya el pasado 28 de abril se publicó el Real Decreto-ley 16/2020, con la finalidad de agilizar los procesos y su artículo 19 se abría a una mayor digitalización de la Justicia, con la celebración de juicios por vía 100% telemática.

De esta forma, las comparecencias, declaraciones y vistas, pasaban a ser realizadas a través de la pantalla de un ordenador. Pero ¿por qué no se había hecho antes? El propio ministro del rango, Juan Carlos Campo, reconoce la necesidad de adaptación tecnológica del sector en nuestro país hasta el punto de describir el grado de penetración como “inaceptable y muy limitado”. Una situación que reconoce “se ha hecho aún más visible” durante esta crisis sanitaria y que, según el sector, requiere de una importante inyección de recursos.

Herramientas digitales

Con la idea de animar al Gobierno a replantearse una nueva estrategia digital y agilizar la vuelta a la “nueva normalidad”, el Consejo General de la Abogacía Española le ha propuesto varias líneas de actuación en consenso con consejos autonómicos, colegios y asociaciones. Estas son complementarias a la ya aprobada sobre la celebración de juicios telemáticos, los cuales se seguirán teniendo lugar hasta 3 meses después del fin de estado de alarma.

– Acceso de los letrados al expediente judicial electrónico.

– Realizar declaraciones por vía telemática de testigos y peritos, siempre que haya conformidad por las partes.

– Presentación de un proyecto de ley para la regulación integral de los sistemas de videoconferencia.

 

 

– Fomentar el uso de correo electrónico entre órganos judiciales y la Abogacía para la conciliación de agendas y agilizar la tramitación del expediente judicial.

– Acceso al expediente judicial electrónico para abogados y procuradores, al menos durante los 6 meses siguientes al fin del estado de alarma.

En este sentido, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial se ha hecho eco de estas demandas y ya ha aprobado una guía provisional para la celebración de juicios por vía telemática. No es definitiva, pero reconocen que no pueden estar alejados de las nuevas tecnologías: “Su aplicación ha de ser una forma de avanzar, no de retroceder”.

Entonces, ¿son los juicios telemáticos una alternativa real? Lo hablamos con Pere Simón Castellano, profesor del Máster en Propiedad Intelectual y Derecho de las Nuevas Tecnologías, el Máster en Derecho Penal Económico y el Máster en Protección de Datos de UNIR.

Reducción de costes y de tiempo

Para Simón, la digitalización de la Justicia aliviaría muchos juzgados y con pequeños cambios se lograrían los mismos resultados economizando tiempo y costes. Reconoce que, en un proceso penal, es necesaria la presencialidad en el acto de juicio oral para una detallada valoración de las pruebas, pero propone que otros litigios pasen a online.

“Hay muchos juzgados laborales, mercantiles o civiles que están saturados y que ni siquiera tienen espacio temporal para convocar audiencias. Hay que conseguir que todo funcione al día para que sea más funcional. Por otro lado, los costes de las partes se reducirían: contratación de abogados, dietas, desplazamientos… es mucho dinero para algo que se podría hacer desde el despacho. Si podemos hacer una conferencia con Japón para cerrar un negocio, ¿por qué no celebrar los juicios en línea evitando costes”.

No solo eso, Simón valora que las partes procesales contarían con las mismas ventajas que si se celebrase una vista personal: “Podría ser grabada y el juez tendría la posibilidad de consultar después las imágenes tantas veces como hiciera falta. No habría diferencia entre lo ‘analógico’ y lo ‘digital’ en un juicio de estas características”.

 

 

“Todo es cuestión de voluntad”

Simón reconoce las limitaciones que existen en España, porque muchas Comunidades Autónomas tienen asumidas las competencias en Justicia, lo que hace que el mismo país funcione a ritmos diferentes: “Ya solo el software que utilizan para comunicarse con los juzgados implica una gran diferencia en los niveles de digitalización”.

Entonces, ¿hay miedo a dar el paso? “Es una cuestión psicológica y de voluntad. Siempre que hay que implementar las nuevas tecnologías en determinados procesos, hay gente que es muy reticente a ello. Ya se han hecho declaraciones de testigos por videoconferencia. Si se estaban haciendo de este modo y funcionaban, ¿qué sentido tiene negarse a hacer todo el proceso así?”, se pregunta Simón.

Pero estas limitaciones van más allá, en algo tan sencillo como el trabajo colaborativo: “Si esto ya es difícil, por qué no usar una herramienta colaborativa en la que poder compartir cientos de documentos. Parece mentira que no se apliquen estas tecnologías en otros momentos del proceso, cuando podría hacerse de todo: desde la presentación del escrito, el seguimiento, la aportación de pruebas…”.

Eso sí, Simón no pierde la esperanza. Considera que el sector está en el mejor momento para hacer el cambio a lo digital: “El Ejecutivo se plantea, después de 10 años de debate, reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que implica un efecto sobre toda la Justicia. Así que es hora de plantear de nuevo el empleo de las nuevas tecnologías en los procesos judiciales. Espero que nos lancemos. Veremos cómo salimos: aprendiendo la lección o volviendo hacia atrás como los cangrejos”.

  • Máster en Derecho Penal Económico

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