Los gases de efecto invernadero son la mayor amenaza del planeta. Desde la UE se intentan combatir con la adopción de instrumentos jurídicos y la aplicación de políticas de eficiencia energética.
El cambio climático es una realidad incuestionable. La concienciación de los Estados ante la situación de emergencia que vive la Tierra, los ha llevado a reunirse en diversas cumbres en las últimas décadas, para buscar y aportar soluciones. El Tratado de París de 2015, enmarcado en la Convención de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, es la hoja de ruta de objetivos a largo plazo a la que se acogen la mayoría de los países. “Y a fe que en la Unión Europea (UE) se lo está tomando muy en serio”.
Así lo piensa Blanca Lozano Cutanda, consejera académica de Gómez-Acebo & Pombo en el área de Derecho Público y Regulatorio y especialista en Derecho ambiental y sostenibilidad, quien, en una nueva openclass de UNIR bajo el título ‘Instrumentos jurídicos de la UE para mitigar el cambio climático’, profundizó en las acciones “que los Estados miembros en su conjunto están llevando a cabo para no sólo alcanzar, sino superar los compromisos adoptados en París”. No obstante, lo firmado es reducir los gases de efecto invernadero (GEI) en un 40% de aquí al 2030, “y debemos apuntar hacia el objetivo más ambicioso de conseguir el 55% para esa fecha”.
Con el European Green Deal (Pacto Verde Europeo) de 2019, incorporado de forma vinculante a la Ley Europea del Clima de 2021, la autoexigencia de la UE ha aumentado. En opinión de la experta “es el acuerdo más ambicioso de la historia en materia ambiental”. Con él se busca alcanzar la neutralidad climática a mediados de siglo, lo cual supone cero emisiones netas de dióxido de carbono. También se muestra optimista al ver posible la meta: “de 1990 a 2020 las emisiones de CO2 disminuyeron un 31%, mientras la economía ha crecido un 60%”.
El aceleramiento en los propósitos de la UE se ha visto impulsado tras los últimos y alarmantes informes del Panel Intergubernamental del cambio climático que, tras demostrar el aumento de la temperatura del planeta en un grado y medio durante el siglo pasado, pronosticó para el actual dos grados más si no se ponen las medidas oportunas. “De hecho, en esta última década ya se ha superado la temperatura 1,1 grado aproximadamente, respecto al periodo preindustrial” afirma Lozano.
Rusia “favorece” el cambio
Más allá de contribuir a cambiar el curso de este proceso dañino, en la UE existe la motivación de desarrollar las energías renovables para no depender de los recursos fósiles de Rusia. “Por la invasión de Ucrania y sus consecuencias, necesita de forma urgente pasar a otras fuentes propias de energía que no procedan de los rusos, porque las alternativas tampoco son fáciles de conseguir”. Se trata de otra razón de peso, subraya la experta, “para apostar por la ‘descarbonización’ de la economía”.
A esta nueva línea se ciñe el Real Decreto Ley 6/2022, el cual versa en su título ‘Medidas para luchar contra los efectos económicos y sociales de la guerra de Ucrania’. La normativa tiene como fin agilizar la implantación de parques eólicos y plantas solares, previsto incluso en menos de cuatro meses. Toda una declaración de intenciones de impulso a las energías renovables. “Es curioso, lo que no ha conseguido el miedo al cambio climático lo ha logrado la guerra de Ucrania”, ironiza la consejera académica de Gómez-Acebo & Pombo.
La UE lleva un tiempo realizando otras medidas contundentes para la reducción de los GEI en 2030. En el llamado ‘Objetivo 55’ se incluyen estímulos para potenciar la eficiencia energética, entre otros, y un nuevo Fondo Social para el clima de 72.200 millones de euros “para paliar daños a particulares y a pequeñas y medianas empresas afectados por las drásticas medidas”.
Eficiencia energética por ley
Blanca Lozano detalló cómo la UE busca en los límites de sus fronteras imponer la eficiencia energética, junto al instrumento jurídico de potenciar las energías renovables. “Ha dado pasos importantes desde 2016 en su estrategia de energía limpia. Así, pretende aumentar el ahorro energético en un 36% en 2030. Y lo tiene claro, la fuente de energía más barata y más limpia es la que no se consume”, enfatizó.
Tanto la directiva de energías renovables (2018) como la de eficiencia energética (2010) marcan unos objetivos mínimos para los Estados miembros que deben comunicar a la Comisión para su aprobación. “No obstante, los países tienen márgenes de discrecionalidad en sus propias leyes del clima y pueden aplicar las medidas más adecuadas para su régimen energético o social y económico”.
En el caso de España, que ha apostado por medidas de eficiencia en el transporte, con el uso del vehículo eléctrico, y el desarrollo de planes de movilidad sostenible en las ciudades; se ciñe a los llamados planes nacionales integrados de energía y clima. Asimismo, la ley española marca el mismo objetivo de la UE de alcanzar una reducción del 55% de reducción de GEI para el año 2030.
Comercio de Derechos de Emisión
En la búsqueda de reducir progresivamente las emisiones de GEI, Lozano recuerda que desde el Protocolo de Kioto -antecedente del tratado de París y vigente desde 2008 a 2012- fue muy eficaz el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión. Este instrumento fue introducido en la UE por la Directiva 2003/87/CE, por el cual se invita a sectores industriales a controlar sus emisiones dentro de un orden de flexibilidad.
“En síntesis -comenta Lozano- consiste en ser un sistema cap and trade que hace efectivo el principio de quien contamina paga”. Cap (techo), se refiere al techo de emisiones que se permiten en determinados sectores durante un determinado periodo de tiempo. Este tiempo viene actualmente establecido desde 2013 y acaba en 2030. Por otro lado, el derecho de emisión equivale a una tonelada métrica de CO2, y una vez fijado la cantidad de cuántos se conceden, son adjudicados a las instalaciones, habitualmente de producción eléctrica y cementeras, y ahora también de la aviación.
La forma de adjudicar los derechos de emisión es por subasta en un mercado continuo, donde pugnan las empresas por el mejor precio. “También pueden ser concedidos de forma gratuita a sectores expuestos a la fuga de carbón, lo cuales son muy intensivos en el uso de energía y que, por lo tanto, si tuvieran que someterse a este sistema, les resultaría muy caro”, explica la especialista medioambiental. Luego, son las autoridades nacionales -en España las autonómicas- las que supervisan y multan el incumplimiento por cada tonelada no respaldada y establecen otras sanciones severas, incluso cierre de las instalaciones.
El problema, no menor, es la oscilación de los precios. “Durante la crisis del 2008 el precio era de 4 € el derecho de emisión, porque las industrias cerraron y hubo mucha oferta. Pero en febrero de este año se ha alcanzado el récord de 98 €”. La experta señala que esta subida del derecho de emisión, junto con el precio del gas, “es lo que está provocando el incremento de la factura de la luz”.
Aunque este precio elevado se puede llegar a pensar que es bueno para un cambio de paradigma que obligue a las industrias a apostar por tecnologías limpias, lo cierto es que el sistema de derechos de emisión está facilitando eficazmente la transición energética sin tener que renunciar a ella, flexibilizando y abaratando el coste para las industrias. “No es Europa la única que ha desarrollado ampliamente el sistema. Reino Unido, California, Suiza, también lo tienen. Y lo ideal es ampliarlo a nivel mundial”, sentencia Lozano para finalizar.