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La Escuela Clásica de la criminología y sus características

Para los juristas y pensadores de la Escuela Clásica, el ser humano es dueño de sí mismo y de sus actos, por lo que elige cometer un delito.

Cada individuo suscribe libremente un contrato social con la comunidad a la que pertenece.

La criminología, como ciencia empírica e interdisciplinaria que estudia el crimen, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento delictivo, se ha construido a lo largo de los años apoyándose en diversas corrientes y postulados que trataban de dar una respuesta fundada a estos aspectos. La Escuela Clásica de la criminología es una corriente de pensamiento que aborda los delitos como concepto jurídico, es decir, como la ruptura del pacto entre el ciudadano y la sociedad sobre la base del Estado y el Derecho, y la necesidad de imponer un castigo acorde para corregir la conducta y disuadir de la comisión de delitos.

Antes de profundizar en las características de la Escuela Clásica de la criminología, recordamos que se denomina escuela al conjunto de principios y conceptos que defienden y siguen un grupo de especialistas dedicados al estudio y aplicación de una ciencia. Los autores que forman parte de una determinada escuela no tienen porqué coincidir plenamente en todo, pero sí están de acuerdo en unas líneas comunes que conforman el marco de pensamiento.

El estudio de la conducta humana y las razones que llevan a una persona a cometer un delito se remontan a la Antigüedad:

  • Los grandes filósofos griegos como Sócrates, Platón o Aristóteles apuntaban a causas biológicas (deficiencias físicas y mentales) para justificar las conductas delictivas.
  • En la Edad Media, los estudios médicos realizados sentaron las bases del derecho penal.
  • No fue hasta el siglo XVIII, con el despertar que supuso el periodo de la Ilustración, cuando se desplazaron las creencias biológicas en pos de la razón como base de la autoridad legal y se impuso el concepto de igualdad entre los ciudadanos ante la ley. Así lo postulaba el filósofo y jurista Cesare Beccaria, considerado el padre de la Escuela Clásica.

Son los miembros de la Escuela Positivista quienes, en el siglo XIX, denominaron Escuela Clásica a los postulados anteriores a ellos que quedaban fuera del marco de las nuevas ideas.

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Para los juristas y pensadores de la Escuela Clásica, el ser humano es dueño absoluto de sí mismo y de sus actos. Esa libertad es la clave para defender que todas las personas son iguales ante la ley, sin diferencias entre el hombre delincuente y el no delincuente, y pone el foco de la responsabilidad delictiva en la decisión deliberada de quebrantar una norma. Es decir, el delincuente elige cometer ese acto, pudiendo y debiendo haber respetado la ley; no lo impulsan ni sus condiciones biológicas ni influencias externas.

Los autores clásicos defienden, además, las garantías individuales y están en contra de la arbitrariedad y los abusos de poder. Además de Beccaria, Pellegrino Rossi, Giovanni Carmignani y Francisco Carrara son otros autores destacados de la Escuela Clásica.

Los postulados más relevantes de la Escuela Clásica son:

  • Todos los individuos son libres e iguales en derechos.
  • El hombre es dueño de sus acciones, se rige por el libre albedrío. Aquellos que carecen de libre albedrío —como los locos y los niños— quedan excluidos del derecho.
  • El Estado es quien tiene la potestad de castigar por el quebranto de las leyes —principio de legalidad y tutela jurídica—.
  • El delito es un ente jurídico, no filosófico: es la infracción de la ley del Estado promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos y resulta de un acto del hombre.
  • La comisión de un delito implica la responsabilidad moral —por el hecho de actuar con libre albedrío—.
  • La pena que se impone por un delito es la retribución por el mal que su autor ha causado a la sociedad. Esa sanción debe ser exacta, es decir, debe cumplir su función de restablecer el orden social roto sin exceder las necesidades de tutela jurídica.

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En resumen, la Escuela Clásica defiende que al vivir en sociedad, cada individuo suscribe libremente un contrato social con la comunidad a la que pertenece. Este ente social, el Estado, castigará a quienes actúen de forma contraria a las normas establecidas para dar equilibrio y estabilidad. Las penas, que serán proporcionadas y ejemplares, también buscan disuadir de la comisión de delitos.

La Escuela Clásica junto con la Positivista son las dos grandes corrientes de pensamiento jurídico penal que han marcado el rumbo de la criminología desde el siglo XIX hasta la actualidad. La principal diferencia entre ambas escuelas es que mientras la Clásica no profundiza en las causas del delito, ya que el delincuente actúa bajo su libre albedrío y solo impone una sanción, la Escuela Positivista persigue la readaptación del criminal, indagando en sus motivaciones y el contexto en el que se comete un hecho delictivo.

Además de la Escuela Clásica y la Positivista, otros filósofos, juristas y criminólogos han desarrollado relevantes postulados que han servido para que la ciencia jurídica y la criminología evolucionen en su comprensión del hecho delictivo, del criminal y de las demás esferas que abordan en su estudio. El plan del Grado en Criminología proporciona a sus estudiantes los conocimientos necesarios para abordar cada una de las áreas de estudio de esta ciencia.

Los graduados en Criminología están preparados para acceder a posiciones en diversos ámbitos profesionales, tanto públicos como privados, como, por ejemplo, asesor y perito criminológico independiente, experto en el desarrollo de políticas de prevención de la delincuencia o puestos en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en sus correspondientes procesos de oposición.

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