Isabel García Mateo
El abogado de empresa, además de poseer todas las habilidades del buen jurista, ha de tener empatía y capacidad de comunicación con el empresario, con quien genera un vínculo muy estrecho, y ser capaz de asesorar de forma rápida y resolutiva.
Decía don Ángel Ossorio en su monumental obra El alma de la toga, al referirse a los abogados que habitualmente asesoran empresas, que las empresas necesitan nuestro concurso, y que cuando se lo prestamos, debemos sentir el orgullo de quien coopera a nobles empeños.
Con estas bellas palabras describía el prestigioso abogado y político español la noble profesión del abogado de empresa. Y es que en el mundo del derecho existen dos vías claramente diferenciadas para el ejercicio de la profesión: el abogado ejerciente, representado por aquel colectivo de letrados que dedican su carrera profesional al ejercicio libre del derecho, ya sea de manera autónoma o bajo el paraguas de un despacho de abogados, y el abogado de empresa (house lawyer en la terminología inglesa), integrado por aquel colectivo de letrados que dedican su carrera profesional al ejercicio del derecho, formando parte del organigrama directivo de una determinada empresa y dedicando por tanto su carrera profesional al asesoramiento interno de aquella. Dependiendo del volumen de negocio de la empresa en cuestión, podrá dirigir el departamento jurídico de la misma o constituirse como abogado interno, incorporado en ambos casos a la plantilla de la sociedad.
Tras casi veinte años de experiencia como abogada de empresa, hoy quiero dedicar unas breves líneas a transmitir en qué consiste esta figura y a cómo nuestros conocimientos jurídicos puestos al servicio del empresario contribuyen, en mayor o menor medida, a generar parte de la riqueza que cualquier empresa genera.
Nuestro día a día como juristas se centra en lo siguiente: negociar un acuerdo y formalizarlo por escrito con un buen contrato; resolver disputas entre empresas, incluyendo la vía judicial; estudiar la legislación aplicable al negocio y sector en el que opera la sociedad, identificando los riesgos y protegiendo a la empresa de estos; resolver las distintas cuestiones jurídicas que se pueden plantear por cada uno de los departamentos o aéreas en que se estructura la sociedad; y, por encima de todo, simplificar las cosas al empresario, quien en última instancia es nuestro único cliente y requerirá siempre nuestra opinión antes de adoptar cualquier decisión relevante para la compañía.
Buena prueba de nuestro papel de consultores se encuentra en la participación constante del abogado de empresa en los diferentes comités directivos, constituidos para el seguimiento de las cuestiones más importantes de la sociedad, haciendo mención especial a nuestra participación en el consejo de administración de la compañía, como órgano colegiado por antonomasia para la adopción de acuerdos sociales. En dicho órgano nuestra función será doble, pues por un lado es habitual que el abogado de empresa desempeñe la labor de secretario del consejo, certificando posteriormente el contenido de las actas de cada sesión, a la vez que ha de velar por la legalidad de los acuerdos adoptados en cada una de las reuniones.
En todos estos casos el abogado se convierte en una parte muy importante para la adecuada dirección de la compañía. Ni que decir tiene que ha de existir una clara vocación y visión de empresa en este colectivo de letrados, pues a la postre se defienden por encima de todo los intereses de la empresa a la que uno pertenece.
En pocas palabras: un buen abogado de empresa es aquel que tiene como misión fundamental la de orientar y proteger a su cliente (el empresario o gerente de la compañía) de manera que este pueda ocuparse de la adecuada gestión de su negocio, sabiendo que sus decisiones estratégicas han contado con el previo análisis y asesoramiento legal de su abogado interno. Nuestra estrecha colaboración con el empresario permite de esta forma aumentar las probabilidades de éxito de su negocio.
En cuanto a las habilidades que ha de reunir el abogado de empresa podemos destacar, además de las de cualquier jurista (conocimientos técnicos, oratoria, organización y planificación, negociación, etc.), la empatía y la capacidad de comunicación con el empresario, con quien se genera un vínculo muy estrecho, dado el trabajo conjunto y diario entre ambos profesionales; asimismo cabe destacar la necesaria capacidad de asesorar de manera rápida, resolutiva y on time, que requiere asimismo de una amplia capacidad de concentración para poder resolver las diferentes cuestiones que se pueden plantear en un determinado momento. En este sentido es preciso señalar que al trabajar in house, el abogado se encuentra en casa de su cliente, quien requiere las respuestas a las cuestiones planteadas prácticamente en el acto. La inmediación del abogado de empresa respecto al día a día de la compañía se convierte en una herramienta imprescindible y necesaria para el asesoramiento que se precisa.
En definitiva, se trata de ejercer nuestra profesión con la misma diligencia, integridad y honestidad que cualquier otro abogado, poniendo nuestra pasión y compromiso constantes al servicio del empresario, contribuyendo de este modo a su éxito profesional en el apasionante mundo de los negocios.
Termino con unas palabras de la misma obra con la que he iniciado este artículo: El Derecho no establece la realidad, sino que la sirve, y por eso camina mansamente tras ella, consiguiendo rara vez marchar a su paso. De la misma manera que el derecho sirve a la realidad, nosotros, abogados de empresa, marchamos junto a esta, poniendo nuestros conocimientos jurídicos a su íntegro servicio.