El mundo está cambiando y el derecho debe ir adaptándose a los dictados y necesidades sociales. Así pues, el 25 de mayo de 2018 comenzará una nueva era en la protección de datos, ya que finaliza el periodo de transición y la Ley orgánica 15/1999 (Ley Orgánica de Protección de datos) pasa a mejor asignación. De ahí que haya que adaptarse cuanto antes a los notables cambios que la nueva reglamentación conlleva.
La mejor forma de abordar los asuntos en teoría consensuados de familia ante una separación es que se traten con dos abogados: el cliente se sentirá mejor defendido y escuchado y nos evitaremos que se vea afectada en algún momento nuestra imparcialidad.
El Departamento de Justicia de los EE.UU., con su Evaluation of Corporate Compliance Programs, ofrece un guía muy útil para valorar si una empresa tiene implantado un programa de cumplimiento efectivo. El pasado martes, en una jornada con expertos celebrada en UNIR, ese y otros aspectos se debatieron sobre retos y tendencias en este campo.
Uno de los principios destilados por la tradición legal es que para el buen funcionamiento del sistema judicial es fundamental que los abogados sean parciales, pero que esa parcialidad no suponga complicidad con la mentira.
El abogado de empresa, además de poseer todas las habilidades del buen jurista, ha de tener empatía y capacidad de comunicación con el empresario, con quien genera un vínculo muy estrecho, y ser capaz de asesorar de forma rápida y resolutiva.
¿Corresponde al criminólogo realizar un análisis de la norma penal desde una perspectiva social? Entendemos que se trata de una cuestión principal en el entendimiento de la delincuencia, la conformación de una adecuada política criminal y el estudio de la reacción social frente al crimen. La Criminología crítica se ha ocupado del estudio de las implicaciones socioeconómicas de las actuales sociedades capitalistas en el delito, así como del contexto de desigualdades sociales en el que se desenvuelve el fenómeno criminal. No obstante, ¿Son tales conexiones suficientes para explicar el origen de la delincuencia? ¿Qué importancia tiene el estudio de la situación socioeconómica de la sociedad y del delincuente en la realidad criminal?
Las opciones de futuro profesional: el gran dilema. No es necesario ahondar demasiado en la difícil situación del mercado laboral que actualmente atraviesa España, para comprender que una de las principales preocupaciones del ciudadano sea el paro laboral. Según el barómetro del CIS (abril 2016), el paro es el principal problema para la población española (78.4 puntos), seguido desde una prudencial distancia por la corrupción y el fraude (47.8 puntos) y los problemas de índole económica (25.1 puntos). No debe extrañar, por tanto, que cualquier decisión atinente a la formación orientada a cubrir las exigencias del mercado laboral sea medida con suma cautela por el ciudadano. Elegir bien nuestra carrera profesional será clave para afrontar el duro reto de la búsqueda de empleo. Y ante esta tesitura se encuentra el esforzado criminólogo.
La medición de la peligrosidad ha preocupado a psiquiatras, psicólogos y criminólogos desde hace bastante tiempo. También los penalistas y operadores jurídicos han mantenido un elevado interés en los instrumentos para su medición, de cara a individualizar las medidas de seguridad a imponer o, incluso, algunas penas.
No es fácil determinar un concepto como el de “peligrosidad” que ha sido estudiado desde diversas ramas de las ciencias del comportamiento, desde la dogmática jurídico penal y, por supuesto, desde la Criminología. En realidad, al tratarse de un concepto abstracto y complejo deberíamos hablar de diferentes acepciones del término “peligrosidad”, entre las que podemos distinguir la “peligrosidad social”, la “peligrosidad criminal” y la “peligrosidad penitenciaria”.
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Algunos estudios en los que imparte clase