UNIR Revista
Las unidades policiales especializadas en la lucha contra la delincuencia dependientes de los jueces y el Ministerio Fiscal, componen la denominada Policía judicial.
Seguir las pistas de un robo, investigar, elaborar informes, encontrar al ladrón y ponerlo a disposición judicial. Este hilo argumental propio de una serie o película policíaca es el día a día de los agentes de la Policía judicial, una unidad especializada dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado dirigida a la lucha contra la delincuencia y al servicio de los órganos que se encargan de liderar esa lucha, los tribunales penales y el Ministerio Fiscal.
Los agentes que integran la Policía judicial son profesionales expertos en destramar situaciones delictivas y capaces de diseñar y elaborar los correspondientes atestados que se aportarán a los procesos penales.
Como se desprende de la propia Constitución de 1978 y de la normativa que desarrolla la composición y función de esta unidad especializada, la Policía judicial tiene como misión perseguir determinados delitos considerados graves, descubrir y asegurar a los delincuentes, así como auxiliar a la administración de Justicia en los actos que se le encomienden. Así, los agentes de la Policía judicial dependen de los jueces, de los tribunales y del Ministerio Fiscal en el desempeño de sus funciones.
Unidades específicas y cuerpos autonómicos
La Constitución establece que las funciones de Policía judicial serán ejercidas por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, en todos los niveles administrativos (Gobierno central, autonómico y local). Así, en la práctica, se han configurado unidades específicas de Policía judicial tanto en la Guardia Civil como en el Cuerpo Nacional de Policía.
En el caso de la Guardia Civil, la Jefatura de Policía Judicial depende de la Subdirección General de Operaciones y está compuesta de tres unidades específicas: la Unidad Central Operativa (UCO), la Unidad Técnica de Policía Judicial (UTPJ) y el Servicio de Criminalística.
En el caso del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), la unidad de Policía judicial se articula a través de la Comisaría General de Policía Judicial, de la que dependen seis unidades específicas: Unidad Central de Droga y Crimen Organizado (UDYCO); Unidad Central de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV); Unidad Central de Inteligencia Criminal (UCIC); Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF); Unidad de Investigación Tecnológica (UIT); y la Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer (UFAM).
Tanto la Guardia Civil como el Cuerpo Nacional de Policía son cuerpos de seguridad que dependen del Estado, por tanto, del Ministerio de Interior, pero dado el carácter militar de la Guardia Civil, este cuerpo depende en algunos aspectos del Ministerio de Defensa.
Además de los cuerpos y fuerzas de seguridad que dependen del Estado, la legislación permite a las comunidades autónomas crear sus propios cuerpos de seguridad. Es el caso de Cataluña o Euskadi, comunidades en las que sus respectivos Estatutos de Autonomía establecieron la creación de sus propios cuerpos de policía autonómica: los Mossos d´Esquadra y la Ertzaintza.
En ambos casos estos cuerpos autonómicos ejercen la mayoría de las funciones tanto de la Policía Nacional como de la Guardia Civil en estos territorios y tienen unidades de policía judicial propias que cumplen las mismas labores de auxilio a la administración de Justicia.
En cambio, comunidades como Navarra o Canarias, por ejemplo, que también tienen un cuerpo policial autonómico, no han asumido las competencias de policía judicial, pero pueden ejercerlas de forma genérica a petición de jueces, tribunales y el Ministerio Fiscal o mediante convenios de colaboración.
¿Qué perfiles componen la Policía judicial?
Por lo general, los miembros de las unidades de Policía judicial en España son agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil con formación especializada en investigación criminal, técnicas de interrogatorio, análisis forense, delitos financieros y gestión de pruebas. Además de su formación básica, reciben una formación específica en esas áreas. También trabajan en estrecha colaboración con otros profesionales, como fiscales, jueces y peritos forenses, para garantizar que se sigan los procedimientos legales adecuados y se recopile toda la información necesaria para llevar a cabo un proceso judicial exitoso.
Dentro de las unidades de Policía judicial conviven diferentes perfiles de agentes con formación específica diversa:
- Los responsables de dirigir las unidades deben contar con amplia experiencia y conocimiento profundo de los procedimientos legales.
- Los agentes con el cometido de realizar las investigaciones y recopilar pruebas en el terreno poseen habilidades de observación, entrevista y análisis de pruebas.
- Los peritos y expertos forenses disponen de un conocimiento técnico y científico que les permite analizar y valorar las pruebas obtenidas, proporcionando informes y testimonios periciales en los procesos judiciales.
- Los analistas de inteligencia criminal emplean técnicas de análisis y herramientas informáticas para identificar patrones, relaciones y tendencias delictivas, ayudando a los investigadores a tomar decisiones fundadas basadas en la información obtenida.
¿Cuáles son las funciones de la Policía judicial?
De acuerdo con la ley, las funciones que corresponden a las unidades de Policía judicial son:
- La averiguación acerca de los responsables y circunstancias de los hechos delictivos y la detención de los primeros, dando cuenta a la autoridad judicial y fiscal.
- Auxiliar a jueces y fiscales en las actuaciones que deban realizar fuera de su sede y requieran presencia policial.
- Realizar las actuaciones que exijan el ejercicio de la coerción y que ordene la autoridad judicial o fiscal.
- Garantizar el cumplimiento de las órdenes y resoluciones de la autoridad judicial o fiscal.
- Cumplir cualquier otra orden o resolución de la autoridad judicial o fiscal en que sea necesaria su cooperación o auxilio.
En la práctica, estas funciones descritas en la normativa se traducen en inspecciones oculares, búsqueda de primeros datos sobre los distintos casos, averiguación de domicilios y paraderos, emisión de informes de solvencia, realización de informes periciales, intervención para el levantamiento de cadáveres, recogida de pruebas… Todas las medidas necesarias de naturaleza similar a estas funciones que sirvan para recabar datos que ayuden a la investigación de un delito.
Como explicamos antes, tanto la Guardia Civil como el Cuerpo Nacional de Policía tienen sus propias unidades de Policía judicial. La labor de estas unidades de Policía judicial será, en esencia, la misma: auxiliar a la administración de Justicia para ayudar en la resolución de situaciones delictivas.
El ámbito de actuación de ambos cuerpos es todo el territorio nacional y, aunque desarrollan actividades similares y en plena coordinación, sus competencias se distribuyen por territorios y por asuntos:
- Ámbito territorial: el CNP ejerce en las capitales de provincia y en los municipios que el Gobierno determine. La Guardia Civil en el resto del territorio nacional y su mar territorial.
- Competencias concretas: el CNP se encarga de asuntos relativos a extranjería, refugio, asilo, delitos relacionados con la droga y delitos económicos y fiscales, entre otros. La Guardia Civil tiene competencia exclusiva, por ejemplo, en asuntos sobre armas y explosivos, la persecución del contrabando, la custodia de las vías de comunicación y la conducción interurbana de presos y detenidos.
Pese a esta diferenciación de competencias y ámbitos territoriales, las fuerzas y cuerpos de seguridad desempeñan su labor de manera coordinada, informándose entre ellos y sin una separación estanca. Las respectivas unidades se encargan de realizar las actuaciones necesarias y derivar los casos al cuerpo competente si fuera necesario.
¿Qué tipo de delitos investiga la policía judicial?
En general, aquellos de naturaleza pública como el narcotráfico, los delitos fiscales, medioambientales, terrorismo o casos de delincuencia organizada, contra el patrimonio y la propiedad industrial e intelectual, pero también delitos contra la vida o la integridad de las personas (secuestros, trata, prostitución…).
¿Cómo podemos optar a formar parte de la Policía Judicial?
El primer paso es superar las oposiciones para acceder al cuerpo de la Policía Nacional, de la Guardia Civil o de las policías autonómicas que desempeñan estas funciones.
Una vez que se ha superado la oposición para ser miembro de alguno de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, es preciso recibir una formación especializada y superar unas pruebas específicas. Este adiestramiento se produce en dos fases:
- La primera se lleva a cabo en los centros de formación y perfeccionamiento de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado
- La segunda, en el Centro de Estudios Judiciales (CEJ). Los agentes que superan la instrucción reciben un diploma expedido por el CEJ.
Los responsables de impartir estas enseñanzas y formar a los funcionarios de las Unidades Orgánicas de Policía judicial son profesionales miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, catedráticos y profesores universitarios especialistas en asuntos jurídicos.
Contar con formación y titulaciones como el Grado en Criminología, el Grado en Derecho, el Máster en Investigación Criminal, el Máster en Criminología y Victimología u otras relacionadas con la rama biosanitaria resultará fundamental.
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