Laura Vivas
El arbitraje internacional permite la posibilidad de llegar a la resolución de conflictos, te explicamos por qué es una oportunidad laboral interesante para cualquier abogado.
En la realidad globalizada en la que vivimos, es cada vez más frecuente que las grandes empresas establezcan contratos comerciales con otras donde se incluyen acuerdos internacionales de arbitraje. Esta figura jurídica permite la posibilidad de llegar a la resolución de conflictos, en el caso de que surjan, sin necesidad de acudir a la vía judicial tradicional.
En este sentido, los acuerdos de arbitraje hacen necesaria la participación de profesionales especializados en el área por las especificaciones que contempla. Y es ahí donde cobra importancia la formación académica en el tema.
Las ventajas del arbitraje internacional
Las empresas van interesándose por abrir mercados externos, lo que provoca la implantación de sistemas de trabajo que faciliten el proceso de exportación, con toda la adecuación de leyes que implica. Es ahí donde muchas veces el arbitraje representa la mejor solución para los conflictos:
- – Su característica principal es la rapidez en la resolución de problemas.
- – Permite el ahorro de costes para los implicados.
- – Ofrece una mayor flexibilidad frente a la jurisdicción tradicional puesto que las leyes no se pueden alterar por voluntad de las partes. La disposición de los implicados es un factor determinante que permite que el proceso se desarrolle para avanzar de forma eficaz.
- – Si las partes implicadas no cuentan con los recursos necesarios, el cierre a través del laudo arbitral del procedimiento y la seguridad jurídica inmediata permite que fluya de nuevo el tráfico de las relaciones.
- – En el caso de los procesos tradicionales, el juez tiene una competencia que le viene dada y opera en función de ella. En arbitraje la autonomía es esencial, sirve para que las partes elijan libremente a los árbitros y ello otorga mayor libertad.
Diferencia entre arbitraje y mediación
Por otro lado, con frecuencia se confunden las figuras de mediación y arbitraje en los procesos de resolución de conflictos y, aunque son similares, parten de filosofías distintas.
La mediación contempla la figura del mediador, que se encarga de escuchar a las partes implicadas y expone las distintas posturas entre ellas. En su actuación desgrana los detalles del conflicto con la intención de llegar a un acuerdo que las vincule.
El arbitraje, en cambio, sucede cuando no se ha podido establecer un acuerdo sobre unas determinadas relaciones jurídicas. Si no ha habido una resolución en la mediación, plantea una solución definitiva. Asimismo, quien ha actuado como mediador no puede hacerlo como árbitro, según la ley española.
Otra característica que los diferencia es que, en un acuerdo de mediación, si este no se eleva a escritura pública, cuando llega el momento de ejecutar y los implicados no lo deseen, se queda en incumplimiento de contrato. El título ejecutivo que supone el laudo arbitral otorga una seguridad jurídica que no da la mediación.
Especializarse en arbitraje internacional
El mercado del arbitraje requiere de profesionales bien preparados en el sector. La oferta académica relacionada no abunda en estudios de arbitraje y, con frecuencia, los títulos son de carácter propio. En UNIR, la Facultad de Derecho ofrece el Máster Universitario en Arbitraje Internacional, un título oficial con formación teórica y práctica que aporta una visión global al estudiante.
En este Máster el alumno aprende a:
- – Interpretar el sistema de arbitraje Internacional de la Ley Modelo UNCITRAL y elaborar estrategias de resolución de conflictos.
- – Analizar las ventajas e inconvenientes del arbitraje en comparación con otros medios de solución de controversias extrajudiciales (mediación, conciliación y negociación).
- – Examinar el desarrollo y la evolución del arbitraje internacional en los sistemas de civil law y common law.
- – Definir las fases de tramitación del arbitraje de consumo.
Aunque no hay una jurisprudencia arbitral propiamente dicha, lo cierto es que en el ámbito del arbitraje internacional, especialmente los arbitrajes del CIADI, se procede a la publicación de las resoluciones arbitrales -laudos- expresándose en ellos los razonamientos que conduce al fallo, motivado bien en derecho o en equidad.