UNIR Revista
Se considera un delito de ciberacoso la persecución o intimidación a través de cualquier canal tecnológico, como redes sociales, email o plataformas de mensajería.
El ciberacoso es el acoso o intimidación a una persona a través de las tecnologías digitales. Se puede producir en cualquiera de los canales públicos o privados que a día de hoy ofrece la tecnología: plataformas de mensajería, correo electrónico, redes sociales, plataformas de juego u otros entornos grupales como foros y chats, y a través de cualquier dispositivo electrónico como el ordenador, el teléfono o la tablet.
El ciberacoso es un comportamiento de acoso reiterado contra una persona con el objetivo de enfadar, atemorizar o humillar. A diferencia del acoso físico o cara a cara, este tipo deja una huella digital, un registro que servirá de prueba para ayudar a frenar el abuso.
Se consideran conductas propias del ciberacoso acciones como:
- Difundir mentiras o publicar fotografías sin el consentimiento de la otra persona a través de cualquier plataforma pública o de acceso restringido digital.
- Amenazar o enviar mensajes hirientes a una persona a través de cualquier plataforma de mensajería o de comunicación.
- Suplantar la identidad de alguien online y enviar mensajes agresivos, hirientes o amenazadores en su nombre.
- Vigilar, perseguir o establecer contacto a través de cualquier medio de comunicación o por medio de terceros.
- Atentar contra la libertad o contra el patrimonio de una persona utilizando de forma indebida sus datos personales para adquirir productos o contratar servicios.
El acoso trasladado al plano digital da lugar a diferentes situaciones según la relación que exista entre el acosador y la víctima de acoso, la edad o situación de especial vulnerabilidad o el resultado que provoque ese comportamiento. Así, además del ciberacoso, cabe diferenciar dos subtipos de conductas:
Ciberbullying o ciberacoso escolar
Se trata del acoso entre iguales en el entorno escolar a través de cualquier vía de comunicación o dispositivo y que consistirá en insultos, insultos o cualquier otra conducta vejatoria realizada por y hacia menores.
Ciberacoso sexual
Consiste en el chantaje o acoso a una persona a través de imágenes, mensajes o vídeos de carácter sexual en los que aparece la víctima con el objetivo cometer algún abuso de la persona o realizar cualquier tipo de extorsión, coacción o explotación.
Delitos derivados del ciberacoso
Las conductas de acoso en Internet pueden derivar en la comisión de distintos delitos según el resultado que logren los acosadores sobre las víctimas. La protección jurídica contra estas conductas parte de la protección a los derechos fundamentales que recoge la Constitución Española de 1978: derecho a la educación, a la integridad física y moral, a la libertad y la seguridad y a la tutela judicial efectiva.
A partir de ahí, el Código Penal recoge desde el año 2015 un tipo específico que castiga el acoso y, en concreto, el que se realice por cualquier medio tecnológico, ya sea el teléfono móvil o cualquier plataforma o canal de comunicación en Internet. El delito básico de acoso castiga con pena de hasta dos años de prisión a la persona que infrinja sobre otra un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral.
La conducta del ciberacosador puede manifestarse de distintas maneras, intensidad, frecuencia y por diferentes vías de comunicación, generando distintos efectos o resultados según el caso. Por eso, una misma conducta puede ser constitutiva de diversos delitos que van desde las injurias, calumnias, amenazas o coacciones, hasta situaciones aún más graves que deriven en lesiones, inducción al suicidio de la víctima o delito de homicidio o asesinato, según las circunstancias en que se produzcan los hechos.
Por ejemplo, la norma penal castiga de forma específica con penas de prisión de hasta cuatro años la difusión o distribución a través de Internet, del teléfono o cualquier tecnología de contenidos destinados a promover, fomentar o incitar al suicidio de menores o discapacitados en especial situación de vulnerabilidad.
Fórmate con UNIR para evitar el ciberacoso
El ciberacoso es solo una de las conductas que se realizan a través de las nuevas tecnologías y que puede ser constitutiva de delito. El Máster en Ciberdelincuencia online de UNIR ofrece a los graduados en Derecho y en Criminología o a los profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ligados a la investigación de este tipo de conductas un programa de especialización con el que profundizar en las características y peculiaridades de este tipo de delitos.
Además, serán capaces de desarrollar y planificar acciones de apoyo a las víctimas de ciberdelitos; identificar y controlar los riesgos y vulnerabilidades a las que se exponen las personas y las compañías en el uso diario de las nuevas tecnologías; y de desarrollar las herramientas necesarias para detectar de forma precoz los ciberdelitos e investigar y recabar pruebas sobre los actos ya cometidos.