Conocer qué es un concurso de acreedores y cómo funciona es fundamental para los profesionales jurídicos que se especializan en el área empresarial.

A través del Curso en Derecho Concursal y del Máster en Derecho Corporativo y M&A de UNIR puedes adquirir los conocimientos necesarios para enfrentarte a este tipo de procedimientos legales, pues la figura del abogado concursal es clave en el proceso.
¿Qué es un concurso de acreedores?
El concurso de acreedores es un procedimiento jurídico destinado a solventar los problemas de insolvencia y falta de liquidez de una empresa. Su objetivo es que los acreedores puedan cobrar lo que se les adeuda, al mismo tiempo que se buscan soluciones para lograr la continuidad del negocio y evitar la quiebra.
Se produce cuando una empresa o particular no es capaz de hacer frente a sus deudas, por lo que se aplica tanto a personas físicas (como los autónomos) como a personas jurídicas (pymes y grandes empresas).
En España, la mayoría de concursos de acreedores que se solicitan son de empresas, pero también existe el concurso de acreedores de particulares, aunque en este caso se puede recurrir a la ley de segunda oportunidad, que es un proceso administrativo que permite a una persona cancelar sus deudas por ley.
La Ley Concursal es la que regula los concursos de acreedores, un mecanismo pensado para ayudar a empresas y autónomos en casos de insolvencia a hacer frente a sus deudas de manera ordenada.
El significado de concurso de acreedores reside en intentar que los acreedores cobren la mayor parte posible del dinero que una empresa o persona les debe. Lo normal es intentar un acuerdo entre las partes en el concurso de acreedores, por ejemplo: ofreciendo alternativas de pago, acordando quitas o retrasando los tiempos de pago para que la empresa pueda continuar con su actividad y evitar que el deudor tenga que responder con su propio patrimonio.
¿Qué ocurre si no todos los acreedores pueden cobrar lo que se les adeuda? En ese caso, existe un orden de preferencia establecido legalmente.
Diferencias entre un concurso de acreedores voluntario vs fortuito
Existen dos variantes del concurso de acreedores: ordinario, abreviado, concurso de acreedores express, voluntario o fortuito. Veamos estos dos últimos, que son los más destacados.
- El concurso de acreedores voluntario es solicitado por la persona o empresa insolvente, que tendrá que justificar por qué no puede hacer frente a sus deudas.
- El concurso de acreedores fortuito o necesario es el que solicita un acreedor después de intentar cobrar sus deudas sin éxito (o de alguno de los socios de la empresa que está disconforme con la dirección).
La legislación obliga al empresario a declararse en concurso de acreedores cuando se produce una situación de insolvencia actual o inminente. En caso de no solicitarlo en un plazo máximo de dos meses, podrá ser declarado culpable del concurso, lo que puede conllevar multas e incluso imputaciones penales.
Cómo funciona un concurso de acreedores
¿Cómo funciona un concurso de acreedores? Para solicitar el concurso de acreedores hay que ponerlo en manos de un juez. Si es el propio deudor quien lo hace, deberá presentar la solicitud e indicar si su estado de insolvencia es actual o inminente, es decir, si ya no puede hacer frente a sus pagos o si prevé que no podrá hacerlo próximamente.
Un juez revisará la solicitud y tendrá que decidir si acepta o no el concurso de acreedores. En caso de quedar acreditada la insolvencia, declarará el concurso e indicará:
- Si es voluntario o fortuito.
- Los efectos sobre las facultades de administración o disposición del deudor respecto de su patrimonio.
- Nombramiento de administradores concursales.
- Medidas cautelares para asegurar la conservación del patrimonio hasta la aceptación de los administradores concursales.
- Llamamiento a los acreedores para que comuniquen sus créditos.
El auto judicial se publicará en el Registro Público Procesal y un extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Para hacernos un esquema de un concurso de acreedores, debemos saber que este proceso tiene cuatro fases:
- Actos previos: se presenta la solicitud del concurso de acreedores con la documentación correspondiente.
- Fase común: una vez publicado el auto judicial, el deudor debe colaborar y verá limitado el acceso a su patrimonio.
- Fase de resolución: se puede dar por convenio (se busca el acuerdo) o a través de la liquidación concursal (ya no es posible continuar con la actividad empresarial y hay que liquidar el patrimonio para saldar las deudas).
- Calificación del concurso: consiste en declararlo como fortuito o culpable, en cuyo caso tendrá consecuencias que pueden ser incluso penales (también si se demuestra que el culpable es un acreedor).
¿Cómo saber si una empresa está en concurso de acreedores? Acudiendo al Registro Público Concursal, dependiente del Ministerio de Justicia, que es la fuente oficial más fiable.
Requisitos para declarar un concurso de acreedores
Ahora que sabemos cómo funciona un concurso de acreedores, es importante conocer los requisitos del concurso de acreedores según lo establecido en la Ley Concursal:
- ¿Quién puede solicitar un concurso de acreedores? Tanto el deudor como los acreedores, aunque esto dependerá del tipo de concurso de acreedores del que se trate, como ya hemos visto.
- ¿Cuándo solicitar el concurso de acreedores? La ley distingue la insolvencia de los posibles ‘baches temporales’ que puede atravesar una empresa. Para solicitar el concurso, se deben estar pasando verdaderas dificultades económicas que prevean una quiebra del negocio, y este mecanismo se utilizará para evitar ese escenario.
- En su solicitud, el deudor tendrá que aportar una memoria con su historial económico y jurídico, las causas de su situación de insolvencia, un inventario de bienes y derechos, un listado de empleados, una relación de acreedores y otros documentos. En caso de que el concurso de acreedores lo solicite un acreedor, tendrá que explicar por qué lo hace y aportar la documentación que acredite la deuda.
¿Qué pasa con los trabajadores de una empresa en concurso de acreedores? El concurso de acreedores no tiene por qué extinguir de forma inmediata los contratos de los trabajadores. Si la empresa sigue con su actividad, los empleados continúan trabajando y la empresa sigue pagando sus salarios. En caso de no seguir con la actividad empresarial, pueden haberse producido despidos, un ERTE, traslados, modificaciones de jornada, etc. Las posibilidades son tantas y tan complejas que la figura del abogado concursal se hace indispensable en estos casos.
¿Me pueden embargar estando en concurso de acreedores? Los acreedores no pueden embargar los bienes del concursado mientras se está en concurso de acreedores. Pero eso no significa que, una vez terminado el proceso, no tengas que responder con tu patrimonio.
Ventajas y desventajas de un concurso de acreedores
Conociendo ya en profundidad qué es un concurso de acreedores, es necesario poner sobre la mesa sus ventajas y desventajas.
En cuanto a las ventajas para el deudor:
- Permite una negociación de pago ordenado a sus acreedores.
- Pone en marcha un escudo de protección para su patrimonio.
- Hace posible la continuidad de su actividad empresarial.
- Podrá cancelar las deudas a las que no puede hacer frente.
Las ventajas para el acreedor son:
- Permite negociar para garantizar el cobro de, al menos, parte de las deudas.
- Da prioridad frente a otros acreedores a la hora de cobrar las deudas.
- Inicia el control sobre el patrimonio del deudor antes de que otros acreedores tomen acciones.
Si hablamos de inconvenientes, el deudor tendrá que contar con un abogado concursal y hacer una dotación de fondos, su negocio será intervenido y podrá verse obligado a una consignación judicial de la deuda pendiente con el acreedor que inició el concurso de acreedores. Para el acreedor hay un gasto inicial también en abogados, hay que pagar tasas judiciales, se arriesga a que su solicitud sea desestimada, etc.
BIBLIOGRAFÍA:
(1) BOE-A-2020-4859 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (s/f). Boe.es. Recuperado el 31 de enero de 2025, de https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2020/05/05/1/con
(2) La insolvencia o concurso de acreedores. (s/f). Gob.es. Recuperado el 31 de enero de 2025, de https://administracion.gob.es/pag_Home/Tu-espacio-europeo/derechos-obligaciones/empresas/inicio-gestion-cierre/insolvencia-liquidacion/concurso-acreedores.html
(3) Registro Público Concursal. (s/f). rpc. Recuperado el 31 de enero de 2025, de https://www.publicidadconcursal.es/
(4) (S/f). Rae.es. Recuperado el 31 de enero de 2025, de https://dpej.rae.es/lema/concurso-de-acreedores