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¿En qué consiste la litispendencia?

El ejercicio de la abogacía requiere el manejo ágil de conceptos que forman parte del día a día de un abogado y la litispendencia es uno de ellos.

El término litispendencia se aplica para señalar que una causa está pendiente de juicio, es decir, se trata de un proceso que se ha iniciado y continúa abierto a falta de sentencia firme. Los juristas utilizan este término para referirse al conjunto de efectos procesales que desencadena el inicio y existencia de un proceso sobre un objeto o situación determinada.

Esta situación jurídica se regula mediante la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) aprobada en el año 2000 y establece que cuando el tribunal que conoce de una causa “aprecie la pendencia de otro juicio o la existencia de resolución firme sobre objeto idéntico conforme a lo dispuesto en esta norma, dará por finalizada la audiencia y dictará, en el plazo de cinco días, auto de sobreseimiento”, es decir, suspenderá el proceso por considerar que no debe intervenir.

El objetivo procesal de la litispendencia es impedir la tramitación simultánea de dos o más procesos sobre el mismo objeto y con las mismas partes implicadas, evitando así que puedan producirse dos o más resoluciones contradictorias.

Litispendencia. Pareja preocupada junto a su abogada.

La litispendencia, con todos sus efectos procesales, se produce desde que una demanda es admitida a trámite. ¿Qué efectos tiene?

  • La perpetuación de la jurisdicción y de la legitimación de las partes de un proceso.
  • Implica que no se podrá cambiar el objeto del procedimiento.
  • Obliga al órgano jurisdiccional a seguir el proceso y resolverlo y a las partes a cumplir con sus respectivas obligaciones procesales.
  • Prohíbe a las partes volver a interponer una demanda por la misma causa y con la misma pretensión.

¿Cómo funciona la litispendencia?

Establezcamos de forma sencilla la base de un caso para comprender mejor cómo funciona este mecanismo procesal. Para ello, utilizaremos como ejemplo una demanda por incumplimiento en un contrato de préstamo hipotecario de un banco contra un particular.

Juan firmó en 2012 un contrato de préstamo hipotecario con la entidad ‘Banco Hogar 7’ por un importe de 300.000 euros para comprar una casa, obligándose a devolver el préstamo con una cuota mensual de hipoteca de 600 euros durante 30 años.

En los últimos años, varias sentencias establecieron que las “cláusulas suelo” -dirigidas a fijar un tope en los intereses que paga el prestatario- son abusivas y, por tanto, nulas, habiendo generado a los particulares cuyos contratos contenían cláusulas de este tipo un daño económico.

El contrato hipotecario que firmó Juan contiene una de estas “cláusulas suelo” que han sido declaradas nulas por lo que, tras varios años pagando su hipoteca, toma la decisión de demandar a ‘Banco Hogar 7’ para solicitar la rescisión del contrato y reclamar el daño económico que se ha producido. Al tiempo, Juan opta por dejar de pagar la cuota mensual establecida. Juan interpone la demanda ante el Tribunal A de Valencia y es admitida a trámite, por tanto, se activa la litispendencia.

Litispendencia. Manos firman un documento.

Varios meses después de que Juan dejara de pagar la cuota mensual, el ‘Banco Hogar 7’ decide demandar por incumplimiento de contrato de préstamo hipotecario. Como acreedor de la deuda de Juan, el banco recurre al Tribunal B de Madrid para solicitar la rescisión del contrato por incumplimiento y reclamar las cuotas debidas.

Sin embargo, el juez del Tribunal B comprueba que existe una causa abierta que implica a los mismos actores (Juan y ‘Banco Hogar 7’) y el mismo objeto (rescisión del contrato de préstamo hipotecario), por lo que dictará el sobreseimiento del proceso y dejará que sea el Tribunal A el primero que se haga cargo del caso.

Este planteamiento resume el mecanismo aunque, como es obvio, la realidad plantea situaciones más complejas en las que entran en juego más elementos que determinan el curso del proceso y la vía para alegar litispendencia.

La excepción de litispendencia

La litispendencia nace del derecho a obtener tutela judicial efectiva de los jueces y tribunales y a velar por la seguridad jurídica. Se llama excepción de litispendencia al mecanismo que la parte demandada interpone contra el demandante para indicar al juez que ese mismo caso, de forma idéntica, ya ha sido resuelto en otro tribunal y que, por tanto, debe respetar esa primera sentencia firme pues ya ha desplegado su efecto de cosa juzgada.

Como decíamos, el objetivo último de la litispendencia es evitar sentencias contradictorias sobre una misma cuestión. Para que la excepción de litispendencia prospere será necesario que el proceso implique a las mismas partes, que persiga el mismo objeto y la misma petición.

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