Óscar Fernández León
Se trata de un funcionario público del Estado que debe proporcionar a los ciudadanos la seguridad jurídica en el ámbito del tráfico jurídico extrajudicial. También es un profesional del Derecho que ejerce en régimen de competencia, lo que garantiza su independencia.
Continuamos con la sección relativa a las salidas del Grado en Derecho de UNIR y nos centraremos en la figura de notable importancia en el panorama legal español: el notario.
Se trata de un funcionario público del Estado que debe proporcionar a los ciudadanos la seguridad jurídica en el ámbito del tráfico jurídico extrajudicial. También es un profesional del Derecho que ejerce en régimen de competencia. Esta doble cualidad garantiza su independencia. Con una alta preparación, el notario es un profesional cercano e imparcial que ayuda, asesora y garantiza que los contratos o negocios están ajustados a la más estricta legalidad. El notario es garantía de legitimidad y seguridad tanto para los particulares como para el Estado.
Los notarios en España, unos 3.000, están repartidos geográficamente por todo el territorio español, incluso en localidades muy pequeñas, con el fin de garantizar el servicio. Los notarios están organizados por Colegios, que les apoyan en su función y al tiempo controlan su actuación.
Características de los notarios
– Es un profesional altamente cualificado: el acceso al Notariado exige estudios intensos y profundos, que se comprueban con un mecanismo de selección duro y objetivo.
– Su independencia es garantía de seguridad y legalidad. Al estar únicamente condicionados por la Ley, su objetivo es que el contrato, negocio o declaración esté ajustado a la legalidad y sea inatacable.
– Presta asesoramiento gratuito e indica el mejor camino para lograr con éxito los objetivos dentro del marco que permitan la legalidad civil, mercantil, administrativa y fiscal.
– Tiene la obligación de asesorar jurídicamente, interpretar, configurar y autentificar con arreglo a la legalidad la voluntad de todas las partes y de forma especial a aquella más necesitada de protección (artículo 147 del Reglamento Notarial).
En qué consiste su trabajo
Los servicios notariales más demandados son los otorgamientos de poderes, la constitución de préstamos e hipotecas, la realización de testamentos, las compraventas y los repartos de herencias. Otros servicios que con frecuencia realizan los notarios son los relacionados con la constitución, transformación o disolución de sociedades y otros actos generales como actas, donaciones, extinciones de condominio, etc.
El documento público notarial por antonomasia, que trae su base en la regulación que hace el Código Civil de la forma ad solemnitatem, es la escritura pública. Es el documento que dota de garantías de legalidad y autenticidad a las operaciones de negocio realizadas a su amparo.
Otros documentos notariales que coexisten con la escritura pública son la póliza intervenida y las actas notariales (de presencia, de referencia o manifestaciones, de requerimiento y notificación, de protocolización y de notoriedad).
En definitiva, como señaló el Parlamento Europeo en resolución de 18 de enero de 1994, “la actividad del notario se caracteriza por una delegación parcial de la soberanía del estado, que garantiza el servicio público de la elaboración de contratos y la legalidad y autenticidad y fuerza ejecutoria y probatoria de ésta, así como el asesoramiento previo imparcial prestado a las partes interesadas, con miras a descongestionar a los tribunales”.
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