Alfredo Enrique Ramos Tresguerres
La entrada en vigor de la LOMLOE tendrá un impacto en la práctica docente y en la formación de futuros profesionales de la enseñanza. Analizamos la nueva ley educativa en uno de los puntos más debatidos: la educación especial.
La Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) conllevará diversos cambios y, al igual que las leyes orgánicas predecesoras (LODE, LOGSE, LOPEG, LOCE, LOE y LOMCE), estos han provocado un intenso debate público. Uno de los que más polémica ha ocasionado, y que más difusión ha tenido en los medios de comunicación, ha sido el de la educación especial.
Por eso, a lo largo de distintos artículos iremos analizando, desde un punto de vista técnico, cómo afecta la nueva ley a este punto en concreto. Queremos arrojar un poco de luz sobre este capítulo de la reforma legislativa que es la atención a la diversidad y, por ende, a la educación especial. Así como entender el impacto que tendrá en la práctica docente y en la formación que necesitarán los profesionales de la enseñanza para desarrollar con éxito su cometido.
Son muchas las preguntas que surgen: ¿qué supone esta nueva ley?, ¿qué cambios conlleva sobre la labor del profesor? o ¿qué implicará en su trabajo diario? Se plantean cuestiones sobre sus habilidades o competencias como ¿qué formación va a necesitar para poder realizar su labor docente? o ¿cómo afrontar la gestión de niveles y necesidades de aprendizajes tan distintos?
También sobre el papel de los centros: ¿cómo puede asumirse en colegios ordinarios los retos de la educación especial?, ¿están preparados?, ¿con qué apoyos van a contar? Y, por último, y quizás lo más importante, ¿va a resultar beneficioso para todos los niños?
Muchas preguntas, quizás, pero todas merecen respuesta. Por ello, parafraseando la expresión de “Estos diez mandamientos se resumen en dos…”, podríamos simplificar el hecho diciendo que las preguntas anteriormente referidas se resumen en tres:
- ¿Qué va a pasar con los centros de educación especial y los alumnos que hoy en día se escolarizan en ellos?
- ¿Qué cambios se producen en los centros ordinarios en materia de atención a la diversidad?
- ¿Cómo afectan los cambios previstos en materia de evaluación, promoción y titulación a todos los alumnos, en general, y a los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE/NEAE) en particular?
Vamos a intentar concretar y esbozar la respuesta a la primera de ellas y definir algunos de los conceptos referidos.
¿Qué va a pasar con los centros de educación especial y los alumnos que hoy en día se escolarizan en ellos?
Tipos de centros
Se puede afirmar que en el “punto de partida” los centros educativos podían ser centros ordinarios, centros ordinarios con integración/inclusión, centros ordinarios de integración preferente y centros de educación especial. Pero, este punto de partida pronto se simplificó y todos los centros ordinarios pasaron a ser centros ordinarios de integración/ inclusión, con lo que las opciones quedaron en 3:
- Ordinarios
- De integración preferente
- De educación especial
Los centros ordinarios escolarizan alumnado con y sin necesidades especiales (NEE) o necesidades específicas de apoyo educativo(NEAE). Para ello, se les fue dotando paulatinamente de recursos materiales y personales, como profesorado de audición y lenguaje y de pedagogía terapéutica. Además, la legislación establecía determinadas ratios de alumnos con NEE por aula y promovía un reparto equitativo de dichos alumnos en distintos centros y de distintas titularidades (públicos, privados y concertados).
Los centros de integración preferente suponían un paso más respecto a los anteriores en materia de atención a la diversidad. Esto se realizaba especializando sus recursos personales y materiales en un tipo concreto de alumnado con NEE, pudiendo ser auditivos, motóricos, etc.
Por otra parte, los centros de educación especial eran definidos en la LOE, en su artículo 111.4, como “los centros que ofrecen enseñanzas dirigidas a alumnos con necesidades educativas especiales que no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios…”
Pero ¿por qué hacemos referencia a la LOE? Porque recordemos que la actual ley LOMLOE arranca y se define como una versión mejorada de la misma (LOMLOE significa Ley Orgánica de Mejora de la Ley Orgánica de Educación).
Cambio de paradigma
¿Qué ha ocurrido entre la LOE y la LOMLOE? Entre otras cosas se ha producido la promulgación de una nueva ley orgánica, la LOMCE que, si bien no derogaba a la LOE, suponía una modificación de 109 puntos concretos respecto a la anterior.
Pero, para el tema que nos ocupa, vamos a centrarnos en dos importantes cambios sucedidos desde la LOE hasta hoy en materia de atención a la diversidad y de educación especial.
- La redefinición de necesidad educativa, pasando de NEE a NEAE.
- El cambio de paradigma de integración a inclusión.
Todo lo referido a atención a la diversidad está regulada en el Título II de la LOE/LOMCE, titulado «Equidad en la educación», artículos 71 a 90. Pero hay que señalar que la LOE abandona el modelo de integración escolar, promulgado en la LOGSE, por el actual modelo de inclusión escolar.
Se revisa el término de NEE o ACNEE (necesidades especiales) y se incluye dentro de un concepto más amplio. De esta forma, hablamos de alumno con necesidad específica de apoyo educativo, NEAE o ACNEAE.
Esto se concreta aún más en la LOMCE en sus artículos 71.2 (sobre los alumnos con trastorno por déficit de atención e hiperactividad o TDAH) y el artículo 79.bis de la citada ley (sobre alumnado con Dificultad Específica de Aprendizaje).
¿Qué significa esto? Que desde la LOE, la educación especial deja de ser tan “especial” para convertirse paulatinamente en más “normal”, asumiendo que este cambio de paradigma legislativo refleja un cambio de paradigma social. Por ende, también un cambio en la mentalidad del docente, en su práctica cotidiana y, lo que es más importante, en sus necesidades de formación.
Podríamos decir, parafraseando a Publio Terencio (“nada de lo humano me es ajeno”), que a un docente actual nada de lo especial le va a ser ajeno, al menos, desde el punto de vista legal.
Para terminar con esta introducción a los siguientes artículos, y en la línea de lo que el paradigma de inclusión pretende, es importante señalar que la LOMLOE, en su disposición adicional cuarta, prevé que en un plazo de diez años la diferencia que hoy se constata entre los centros de educación ordinaria (con inclusión de alumnos NEAE) y los centros de educación especial vaya desapareciendo paulatinamente.
Esto, por lógica, nos llevaría a pensar que todo “docente ordinario” va a tener que ser también, al menos parcialmente, un “docente especial”. De ahí la importancia de la formación del docente para poder desarrollar su labor en las aulas.