Almudena Castellanos Sánchez
La ley de mayor rango que en estos momentos rige a todos los españoles en materia educativa es la La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, más conocida como LOMCE. Fue publicada el 10 de diciembre de 2013 en el BOE. Modifica a la anterior, conocida como LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En la LOMCE, al igual que en la LOE, queda establecido en su artículo 18 que se trabajará de manera transversal en todas las áreas (asignaturas) de Primaria las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Precisamente en el preámbulo de la ley podemos leer cómo uno de los principios que la rige es precisamente la incorporación de las tecnologías como medio para el cambio metodológico que exigen nuestras sociedades y el nuevo perfil de alumno. Las TIC, para la LOMCE, permitirán la accesibilidad universal a la educación, y la personalización, puesto que facilitarán la adaptación a las necesidades y al ritmo de cada estudiante.
Además serán una herramienta clave para la formación del profesorado a lo largo de la vida y para la fácil gestión de los procesos de aula.
En tanto que la LOMCE solo modifica algunos aspectos de la LOE, se mantiene que uno de los objetivos de la Educación Primaria es “iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran”.
Por su parte, el Real Decreto por el que se establece el currículo básico de Educación Primaria (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, publicado en el BOE el 1 de marzo de 2014), vuelve a subrayar la importancia de las TIC en esta etapa educativa, afirmando que una de las siete competencias básicas que ha de adquirir el alumno en la Educación Primaria es la competencia digital.