UNIR Revista
Conocer los tipos de contratos laborales en vigor, así como saber redactarlos correctamente llegado el caso, es una de las tareas primordiales de los profesionales del departamento de Recursos Humanos.
El contrato laboral es el acuerdo al que llegan el empresario y el trabajador por el que este se obliga a prestar determinados servicios bajo la dirección del empleador a cambio de una retribución. Debe recoger todas las condiciones laborales que determinan las actividades del empleado en la empresa, ya que el contrato sella el mutuo acuerdo entre ambas partes. Actualmente, existen en España cuatro tipos de contratos laborales.
Los profesionales de RR. HH. tendrán que desarrollar sus funciones teniendo muy presente la legislación laboral vigente en cada momento; los contratos laborales conforman uno de los pilares fundamentales de las competencias de estos profesionales. La reforma laboral aprobada en diciembre de 2021 ha priorizado la contratación fija y establecido cuatro tipos de contratos laborales.
Con la finalidad de evitar posibles problemas a la empresa, los profesionales de Recursos Humanos deben conocer a la perfección qué tipos de contratos de trabajo existen y cuáles son sus características para así poder decidir cuál se ajusta mejor a las necesidades concretas de su compañía.
Además, a la hora de redactar cualquiera de estos acuerdos siempre es conveniente que se ocupe un profesional de Recursos Humanos específicamente formado en este campo. El Máster en Recursos Humanos online de UNIR ofrece toda la formación para convertirse en un experto en la materia.
En España se han producido muchas reformas laborales, por lo que resulta indispensable que los responsables de RR. HH. estén al tanto de las novedades en materia de contratación, evitando así errores que podrían acarrear complicaciones jurídicas e, incluso, demandas laborales. Actualmente, los cuatro grandes tipos de contratos, que a su vez se dividen en varios subtipos, son:
Contrato indefinido
Este tipo de contratos no establecen un límite a la duración de su vigencia, por lo tanto, serán válidos hasta que la empresa o el trabajador decidan ponerle fin. Dentro del contrato indefinido existen más de diez subtipos, como el fijo a tiempo parcial, el fijo a jornada completa o el fijo discontinuo.
Contrato temporal
Es el que tiene por objeto establecer un período determinado de tiempo para la duración de la relación laboral. Podrá ser a jornada completa o parcial y al llegar a la fecha de finalización que se estipula, el documento deja de tener vigencia. Será preciso especificar el motivo que justifica optar por una contratación de tipo temporal en lugar de hacerlo por un contrato indefinido. También es necesario justificar las circunstancias que motivan este contrato y la conexión entre esas causas y la duración de la relación laboral. Dentro de los contratos temporales existen las siguientes subcategorías:
Contrato temporal por circunstancias de la producción
Se hace para atender coyunturas de la producción de una empresa, acumulación de pedidos o tareas, así como otras situaciones que supongan mayor carga de trabajo de forma puntual. Cuando finaliza este contrato, habrá que indemnizar al trabajador con 8 días de salario por año trabajado.
Contrato temporal por sustitución o relevo
El objeto de este tipo de contrato es sustituir a trabajadores con reserva de su puesto de trabajo o durante el período de vacaciones. Su duración será igual a la causa que lo justifica.
Desde la entrada en vigor de la última reforma laboral ha desaparecido uno de los tipos de contrato temporal más comunes que había en España: el de obra y servicio.
Contrato para la formación y el aprendizaje
Su principal motivación es favorecer la inserción laboral y la formación de los jóvenes a través de un modelo que combina el aprendizaje con la actividad profesional. La formación y el trabajo han de ser complementarios para posibilitar la realización de acuerdos o convenios entre empresas y universidades o centros de formación profesional. En este caso, la duración del contrato será por un mínimo de un año y un máximo de tres.
Contrato en prácticas
El cometido de este contrato es facilitar una práctica profesional en una empresa que sea acorde a los estudios realizados. Los requisitos para poder formalizar este tipo de contratación son que el trabajador tenga un título universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad. Además, no pueden haber pasado más de cinco años desde la finalización de estos estudios. El contrato en prácticas no podrá tener una duración de menos de seis meses ni de más de un año.
Cualquier tipo de contrato debe ser notificado ante el SEPE antes de diez días desde su formalización.