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La confidencialidad de los datos médicos: ¿qué dice la legislación?

En España más de una veintena de normativas regulan la confidencialidad de los datos médicos así como el secreto profesional sanitario. ¿De qué manera estamos protegidos los pacientes ante ello?

La relación que establecen el profesional de la medicina y el paciente implica intercambio, pero también respeto y confidencialidad de los datos médicos. Para que la atención sea más efectiva, es necesario que los enfermos transmitan al profesional sanitario todos aquellos datos que consideren que pueden afectar a su salud y, además, hacerlo de forma temprana y veraz. Esto es posible si la relación médico-paciente se basa en la confianza en la que debe apoyarse el secreto médico.

El objetivo final siempre es lograr el tratamiento más efectivo posible y, para ello, muchas veces es necesario que el médico haga uso de la confidencialidad que atañe al proceso, pero también que esté amparado por la ley vigente sobre el secreto profesional sanitario.

En España, la Constitución Española reconoce en su artículo 18.4 la protección de datos como un derecho fundamental. A partir de entonces, más de una veintena de normativas nacionales afectan a la confidencialidad de los datos médicos y al secreto profesional, sin contar con las autonómicas aprobadas en este ámbito.

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La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales es la que confiere especial protección al proceso asistencial sanitario. Considera que los datos aportados por los pacientes en el ámbito sanitario configuran su historia clínica, calificados por esta norma como de “especial protección”, de forma que solo podrán ser tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, el paciente así lo consienta, o bien cuando así lo disponga la ley.

Asimismo, esta regulación contempla que solo se podrán recoger datos de los pacientes que sean necesarios con la finalidad médica que se pretende. Igualmente, es preciso solicitar al paciente el consentimiento para tratar sus datos, o si estos van a ser comunicados a terceros, salvo excepciones legales. La ley solo permite que se comuniquen datos para el cumplimiento de fines directamente relacionados con su proceso asistencial y en funciones legítimas entre cesionario y cedente. Por ejemplo, se pueden emplear los datos o imágenes de los pacientes en publicaciones o conferencias, para investigación, docencia o actividades científicas e incluso publicitarias, pero siempre que el profesional sanitario cuente con el consentimiento escrito del paciente y siempre preservando la identidad del paciente.

Además, en España, la Ley General de Sanidad de 1986 confirma el derecho de los pacientes a ser informados en todo momento y sobre todo lo que acontece a su enfermedad y proceso asistencial. De la misma manera, el Código Penal de ese mismo año incorpora la obligación de guardar el secreto médico.

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El secreto profesional sanitario

Se entiende que el secreto por parte del profesional sanitario es un deber dentro del derecho a la intimidad del paciente. Recoger datos de pacientes sin su consentimiento expreso, o crear ficheros y recoger datos personales con un objetivo diferente al de su objetivo legítimo, está castigado por la ley. Lo mismo sucede si se ceden fuera de los casos permitidos o consentidos o si se impide a los pacientes el poder ejercer su derecho de acceso o de rectificación a los mismos.

Por ejemplo, el derecho de acceso a la historia clínica del paciente está recogido en la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y solo se entregará una copia o informe, nunca el original, salvo cuando su entrega pueda perjudicar a la confidencialidad de terceros o bien contemple anotaciones subjetivas del profesional sanitario. Además, en caso de recibir el alta esta norma obliga a guardar hasta cinco años la historia clínica después del proceso asistencial.

En España, el incumplimiento del secreto profesional sanitario puede conllevar sanciones administrativas, penas de prisión e, incluso, la inhabilitación profesional, además de la  ruptura de la relación entre el paciente y el médico. Saber gestionar esta información y hacerlo de forma adecuada es uno de los temas que se tratan en el Máster en Seguridad del Paciente online de UNIR.

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